n los pasados 50 años, los integrantes del Servicio Exterior Mexicano de carrera (SEM), en su desarrollo y evolución, han recibido algunos beneficios, pero falta todavía mucho por hacer, en especial en lo relativo a la situación de los miembros de carrera jubilados, quienes sufren una drástica reducción en sus ingresos por tener la desgracia
de haber cumplido 65 años de edad, como si fuera un castigo por haber cometido un delito mayor.
No está por demás reiterar que quienes ingresamos al SEM de conformidad con los requisitos establecidos en la ley de 1934, cuya inmensa mayoría ya está jubilada o ha pasado a mejor vida, lo hicimos animados por el exclusivo propósito de servir a nuestra patria, en condiciones de trabajo que exigían casi únicamente sacrificios. Para ello, sin embargo, hubimos de aprobar 15 exámenes públicos de ingreso, que iban desde el dominio de varias lenguas extranjeras hasta conocimientos de derecho constitucional, derecho internacional público y privado, y economía política, entre otros.
Aparte del sueldo, los miembros de carrera del SEM no recibíamos ninguna prestación. Ni pensar en pasajes de regreso a México para pasar vacaciones, seguro de salud en el extranjero, pago del transporte del menaje de casa completo en casos de traslados decididos por la SRE, ayuda económica para la educación de los hijos, revalidación de los estudios efectuados por éstos en el extranjero, etcétera.
Gracias a gestiones de funcionarios de carrera, agrupados gremialmente, desde 1955, en la Asociación del Servicio Exterior Mexicano AC (ASEM) y a la respuesta solidaria de los titulares de nuestra cancillería, se fueron logrando mejoras en la situación de los integrantes del SEM que, apenas, nos acercaba al nivel de las prestaciones que recibían diplomáticos de carrera de países de similar nivel de desarrollo relativo que el nuestro, como Argentina o España, entre otros.
De esta manera se fueron alcanzando avances parciales durante las gestiones de los titulares de nuestra cancillería, desde don Antonio Carrillo Flores hasta la embajadora Rosario Green.
En la actualidad hay un asunto grave por cuya solución podría recordarse a la administración de la embajadora Patricia Espinosa como titular de nuestra cancillería.
Me refiero a la situación de los miembros del SEM de carrera obligados por ley
a jubilarse al cumplir 65 años de edad.
Opciones de solución ya han sido expuestas. Desde la creación de un fondo de retiro para una pensión complementaria, dentro del presupuesto de la cancillería, lo que podría simplemente negociarse con la SHCP, y que no lo afectaría sensiblemente, hasta una reforma a la vigente Ley del SEM.
En el presente, como pocas veces en el pasado, la titular de nuestra cancillería y todos los subsecretarios son miembros de carrera del SEM. ¿Pensarán acaso que ellos nunca llegarán a la edad de la jubilación forzosa al cumplir 65 años de edad?, o ¿pretenderán proponerle al presidente Calderón que los nombre embajadores eméritos o eminentes para asegurar individualmente un mucho mayor ingreso cuando se jubilen? Quiero suponer que el talento que los ha llevado a las posiciones que ocupan sea más que suficiente para que atiendan las voces de aquéllos que no previmos las penurias que pasaríamos al rebasar la edad de jubilación forzosa u obligatoria
y al tener que sobrevivir con pensiones del ISSSTE que, en el caso de los embajadores, equivalen a la octava parte (o 12 por ciento) de lo que percibiríamos en nuestra actividad profesional.
Estas mismas pensiones exiguas les corresponderán a la titular y a los subsecretarios de nuestra cancillería si no actúan en consecuencia, ahora que tienen el poder y la posibilidad de corregir una situación injusta, por decir lo menos.
Antes de terminar, señalaré las pensiones por jubilación que reciben diplomáticos jubilados en Argentina o España, así como lo logrado por integrantes de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, también trabajadores al servicio del Estado mexicano, para compensar las exiguas pensiones del ISSSTE.
En Argentina, el diplomático jubilado, tras 30 años de servicios, recibe 75 por ciento del ingreso que percibiría si siguiera en activo. En España, un embajador jubilado percibe una pensión de 2,400 euros al mes, casi el triple que en México.
En la SCJN, la retribución mensual la determina la pensión integrada, que se constituye con la pensión del ISSSTE más la pensión complementaria. Aquélla podrá alcanzar hasta 80 por ciento del total del salario al momento de su jubilación
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Finalmente, en el TSJDF los magistrados reciben, con carácter vitalicio, el equivalente a 70 por ciento de sus percepciones mensuales totales, durante los dos primeros años, y 50 por ciento de éstas durante el resto de sus vidas”. Además, el haber de retiro se incrementa en la misma proporción en que aumentan las percepciones de los magistrados en activo
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Resulta irónico, por decir lo menos, que los miembros de carrera del SEM, que cuando iniciamos nuestra actividad profesional hace cerca de 50 años éramos los peor pagados en el sector público de nuestro país, terminemos estando, de nueva cuenta, entre los peor pagados como servidores públicos jubilados.
* Embajador de México, de carrera, jubilado