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La mayoría votó por amparar a Magdalena Rufina García; pusieron en duda violación al menor

Por orden de la Corte liberan a maestra de kínder acusada de facilitar ultraje a un niño oaxaqueño
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La maestra Magdalena García Soto salió anoche de la cárcel luego de que la SCJN le concedió un amparo contra la condena de seis años que purgaba por complicidad en la violación de un niño en OaxacaFoto Arturo Pérez Alfonso
 
Periódico La Jornada
Miércoles 18 de mayo de 2011, p. 20

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió ayer el amparo liso y llano y ordenó la inmediata libertad de Magdalena Rufina García Soto, maestra del Instituto San Felipe de la ciudad de Oaxaca, quien había sido sentenciada a seis años de prisión por violación equiparada.

Con seis votos en favor, el pleno del máximo tribunal invalidó la sentencia –dictada el 4 de febrero de 2010 por el Tribunal Superior de Justica de Oaxaca– contra García Soto, acusada de facilitar la violación de un menor en las instalaciones del plantel, por Gabriel Constantino García y Adán Pérez Ramírez, quienes están prófugos de la justicia.

Votaron por conceder el amparo los ministros Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar, Sergio Aguirre, Margarita Luna, José Ramón Cossío, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Sergio Valls y Fernando Franco, aunque los primeros proponían un amparo para reponer el procedimiento, pero con la perspectiva de que no hay pruebas sobre la responsabilidad plena de la acusada. El presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza –quien votó contra el amparo junto con Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar–, lamentó que con esta decisión el máximo tribunal dejara pasar la oportunidad de aprobar un importante precedente judicial sobre el derecho del niño a ser escuchado y a que se reconozca su capacidad como testigo cuando es víctima de delitos sexuales.

Ante el voto mayoritario, Silva Meza –quien en noviembre de 2008 solicitó a la Corte que conociera el asunto ante las presiones políticas que hubo en esa entidad en favor de los acusados de ultrajar al menor– señaló: es fácil eludir responsabilidad diciendo que los niños mienten, que son aleccionados, manipulados, fantasiosos o imprecisos, pero no se puede negar ni permitir dudar de su capacidad para expresarse, ni de su capacidad para narrar lo que vivió.

En su intervención, que causó molestia –particularmente a José Ramón Cossío, Guillermo Ortiz Mayagoitia y Luis María Aguilar, quienes se sintieron aludidos con los comentarios–, Silva Meza subrayó que la trascendencia de este asunto radicaba en reconocer los derechos de los menores víctimas de delito. Se trata de que su voz sea escuchada, que sea debidamente valorada, que se le dé el peso importante en la valoración judicial, de modo que el margen de impunidad, que de por sí está ampliamente presente en este tipo de delitos, en un escenario ideal desaparezca.

Ante las dudas de la mayoría sobre la validez del testimonio del menor y las pruebas aportadas para acreditar la violación y la responsabilidad de la acusada, el presidente de la Corte señaló que cuando se registra y pondera adecuadamente el testimonio infantil se generan las condiciones normativas necesarias y exigibles para castigar a los responsables.

En cambio –advirtió–, si en la valoración probatoria no se realiza esa especial ponderación, se genera una situación de amplia vulnerabilidad de los menores.

Llamó a los ministros a hacer válidos los convenios internacionales firmados por México sobre protección de los derechos de los niños. Comentó que ni la legislación penal ni la procesal penal han sido adecuadas para reflejar las medidas específicas que deben tomarse en casos judiciales que involucren a los menores cuando son víctimas.

Dejó en claro que en el testimonio del niño –fue de los pocos ministros que respetaron el compromiso de proteger los datos personales de la víctima– hay suficientes elementos que imprimen credibilidad a su palabra: “detalla colores, lugar; tiene reacciones emocionales muy específicas y consistentes al recordar las agresiones de que fue objeto, por lo quedaba plenamente acreditada la culpabilidad de la acusada.

José Ramón Cossío rechazó la argumentación de Silva Meza: con todo respeto, le dijo que su discurso fue retórico y no aportó elementos para demostrar la culpabilidad de la acusada; rechazó también que la mayoría no hubiera tomado en consideración el testimonio del menor y sostuvo que en el proyecto elaborado por Olga Sánchez Cordero no se demostró la responsabilidad de la acusada.

Sergio Aguirre y Margarita Luna Ramos de plano pusieron en duda que haya existido la violación y, al igual que Cossío, Aguilar y Ortiz, señalaron que el interés superior del niño no puede estar por encima del principio de presunción de inocencia.