La comisión negó la certificación a empresa de tubería de polietileno
La situación benefició a otra firma; Luege sería llamado a comparecer
Lunes 30 de mayo de 2011, p. 43
La empresa ADS Mexicana SA de CV, dedicada a la producción de tubería de polietileno de alta densidad corrugado, que se usa en sistemas de alcantarillado del país, presentó una denuncia penal en la Procuraduría General de la República (PGR) contra Alberto Esteban Marina, gerente de Cuencas Transfronterizas de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), por presunto abuso de autoridad y otros delitos com
La queja refiere que la Conagua –en un documento firmado por Esteban Marina, pero que al parecer autorizó verbalmente Luege– negó en diciembre pasado ratificar a ADS la certificación como empresa que cumple con los requisitos de hermeticidad
de su tubería, por lo que la compañía no pudo comercializar cientos de toneladas anuales para obras públicas de infraestructura hidráulica en territorio nacional, lo cual en cinco meses le ha representado pérdidas superiores a los 5 millones de pesos, según cálculos de la firma afectada.
En la denuncia presentada a la PGR, de la cual tiene copia La Jornada, consta que la Conagua hizo hincapié en un argumento técnico para negar el certificado a ADS. La dependencia aplicó la norma internacional ISO 21138, que emite una organización privada, con sede en Estados Unidos –cuyo material está protegido por los derechos de autor–, por encima de una norma mexicana vigente en las leyes federales.
La decisión de la Conagua benefició a la compañía Amanco México, que forma parte del gigante mexicano de la construcción Mexichem, la cual factura unos 3 mil millones de dólares al año y exporta a más de 50 países.
A partir de enero pasado, Mexichem ha recibido decenas de contratos para la venta de tubería que utilizan la mayoría de los municipios del país para sus sistemas de drenaje y alcantarillado.
Un funcionario de la delegación metropolitana de la PGR, donde se desahoga esta investigación, explicó que a partir de la denuncia presentada en enero por el apoderado legal de ADS, el fiscal del caso indaga la posibilidad de que directivos de Amanco México hayan sobornado
a funcionarios de la Conagua a cambio de perjudicar a la compañía quejosa.
Probablemente estamos ante un caso de corrupción que podría implicar sobornos a servidores públicos de Conagua, (pues) este organismo dio prioridad a una norma ISO internacional, por la que el gobierno mexicano tuvo que pagar derechos de autor para utilizar el contenido referente a lineamientos de seguridad que garanticen la hermeticidad para tubería de polietileno, en lugar de aplicar la normativa mexicana, que es vigente y fue creada ex profeso para casos de hermeticidad de ese material
, aseguró el funcionario de la PGR que pidió el anonimato.
El fiscal aseguró que en breve se citará a declarar a funcionarios de la Conagua, e incluso, dijo que no se descarta requerir la comparecencia de Luege, en calidad de testigo.
La denuncia de ADS refiere que “a partir de la entrada en vigor (abril de 2010) de la norma mexicana NMX-E-241-CNCP-2009, en términos de lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la misma es aplicable en los procesos de certificación de la tubería de polietileno que comercializa mi representada, entre los que se incluye trabajos de verificación de la calidad y hermeticidad de la tubería que realizan empresas privadas para emitir su correspondiente dictamen, que apoya la obtención del Certificado oficial que debe emitir la Conagua.
“En un escrito del 9 de diciembre de 2010, se le manifestó a Esteban Marina, gerente de Cuencas Transfronterizas de la Conagua, que notificara a Certificación Mexicana SA (empresa contratada por la dependencia para realizar la certificación), que el proceso de certificación contratado por ADS se efectuara conforme a la NMX-E241-CNCP-2009, toda vez que al tratarse de una norma voluntaria, mi representada desea que sea aplicada dicha norma y no la ISO 21138 partes 1, 2 y 3.
Sin embargo, de acuerdo con lo expuesto, Esteban Marina, al emitir el oficio B00.03.04-0357 el 24 de noviembre de 2010, resolvió el fondo de la cuestión que le fue planteada, en violación a las disposiciones que prevén la aplicación de la norma mexicana, ordenando aplicar una norma emitida por un ente privado, cuyo acceso al público está restringido por encontrarse protegida por disposiciones del derecho de autor y carente de obligatoriedad en México
, expuso la denuncia.