Jueves 27 de octubre de 2011, p. 18
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundada la petición del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para modificar las normas relativas a la integración de coaliciones en elecciones federales del año próximo.
Los magistrados dieron su visto bueno a lo dispuesto por el Instituto Federal Electoral (IFE), en materia de coaliciones parciales, para postular candidatos a senadores de mayoría relativa. El árbitro electoral determinó que los partidos que establezcan esta vía podrán registrar hasta 20 fórmulas para ese cargo, en un total de 10 entidades federativas.
El PRD consideró que el IFE interpretó erróneamente el código electoral, en perjuicio de su derecho a registrar candidatos a senadores. En el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Flavio Galván Rivera, se validó la aplicación que el IFE hizo de la norma electoral, que indica el registro de un máximo de 20 fórmulas y sólo dos por cada estado.
La magistrada María del Carmen Alanís Figueroa señaló que el PRD buscó que las 20 fórmulas se distribuyeran en el mismo número de estados, con lo cual se afectaría el sistema de mayoría relativa para elegir a los senadores.
El magistrado Pedro Penagos dijo que con esta sentencia no se limita ningún derecho de los partidos políticos a registrar fórmulas de senadores en todos los estados, como señala la ley, sino que valida la forma en que procederá en caso de coaliciones parciales.
En otro caso se desechó por improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Instituto Politécnico Nacional, en contra del procedimiento especial sancionador que el IFE inició por la presunta difusión de diversos promocionales de actividades del gobierno federal transmitidos en los estados de Coahuila, Hidalgo, México y Nayarit, en los que se desarrollaba el periodo de campañas en los procesos electorales.