Diputados locales aprueban en comisiones el dictamen sobre reformas al Código Penal
Dan elementos más sólidos a jueces cuando se trate de determinar un caso de este tipo
Miércoles 23 de noviembre de 2011, p. 41
Diputados de PRD, PAN, PRI PVEM y PT aprobaron ayer el dictamen sobre las reformas al Código Penal de esta capital, por el cual se tipifica con mayor precisión el delito de tortura y se le da carácter de imprescriptible, es decir, podrá ser perseguido por las autoridades locales aunque hayan pasado muchos años de que algún servidor público haya incurrido en ese ilícito.
El proyecto de dictamen fue puesto a consideración de las comisiones de Derechos Humanos, y de Administración y Procuración de Justicia y, luego de que se le hicieron algunas modificaciones, propuestas por Carlo Fabián Pizano (PAN) y Guillermo Orozco (Movimiento Ciudadano), se avaló por unanimidad, con lo que se prevé que durante la sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de este jueves, o a más tardar el martes próximo, se discuta en el pleno de los diputados para su votación definitiva.
De acuerdo con esas reformas, el delito de tortura se sacó del título vigésimo del Código Penal del Distrito Federal, relativo a los delitos en contra del adecuado desarrollo de la justicia cometidos por servidores públicos
–derogándose los artículos 294 al 298– y se pasó al título décimo, relativo a los delitos cometidos contra la dignidad de las personas
, con lo que se crerían los artículos 206 bis, ter, quarter y quintus.
Por lo que se refiere a las sanciones, se mantiene el hecho de que aquel servidor público a quien se compruebe esas prácticas ilegales enfrentará prisión de tres a 12 años, pero se incrementan en los casos de los funcionarios que pudiendo impedir la comisión del delito de tortura no intervenga.
David Razú, presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la ALDF y promovente de esa iniciativa de reformas, comentó que uno de los aspectos más importantes de esos cambios es que se quita el elemento difícil de probar: la intencionalidad, y ahora no tiene que haber ninguna intencionalidad para tipificarlo y sancionarlo, sino que haya un conjunto de tratos que no pueden ser dados a una persona en ningún caso o escenario
.
Consideró que de ser aprobado por el pleno de la ALDF los jueces tendrán elementos más sólidos para determinar un caso de tortura y no caer ya en que si se trata de tratos crueles e inhumanos, maltrato, lesiones o abuso de autoridad.
Remarcó que esas modificaciones al Código Penal fueron consensuadas con organizaciones defensoras de los derechos humanos, así como con autoridades locales y con la misma Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, por lo que descartó que puedan enfrentar el veto o rechazo.