Jueves 12 de enero de 2012, p. 9
Al resolver cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales promovidos por militantes priístas, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron los criterios para asegurar la presencia de 40 por ciento de representantes de un solo género. Para cerrar la puerta al esquema de las llamadas juanitas, la postulación de mujeres deberá considerar que los suplentes sean del mismo sexo, a fin de evitar sustituciones por representantes varones.
Durante la sesión pública, el presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos –quien elaboró el proyecto–, dijo que en el recurso interpuesto se pretende controvertir una sentencia del tribunal en que se estableció que para evitar las sustituciones indebidas se postule al menos 40 por ciento de un solo género.
Quienes se oponían argumentaban que se generaba incertidumbre en las convocatorias de los partidos políticos por aplicarse de manera retroactiva a la emisión de las mismas y que eso complicaría el cumplimiento de la cuota de género. Luna Ramos dijo que las sentencias que dicta este tribunal, como máxima autoridad en la materia, tienen la calidad de definitivas e inatacables, por lo que una vez que dicho órgano emite sentencia en un medio de impugnación, procede su inmediato cumplimiento
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Candidaturas de mayoría relativa no tendrán porcentaje de cuotas
El magistrado Manuel González Oropeza respaldó desestimar el recurso, pues la sentencia parte de la correcta interpretación de las disposiciones legales en materia de cuota de género. Las candidaturas de mayoría relativa no tendrán el porcentaje de cuota. La sentencia dispone que eso sea respetado en el registro total de candidaturas, lo que incluiría a los suplentes.
Los impugnadores cuestionaron la respuesta que les dio el Instituto Federal Electoral (IFE) respecto de una inconformidad de la aplicación retroactiva de esta disposición en los partidos políticos, argumentando violación a sus derechos por generar incertidumbre y afectar la libre determinación de esos organismos.
El magistrado Pedro Esteban Penagos destacó que la promoción de estos asuntos refleja la importancia de la resolución dictada por la sala superior del Tribunal Electoral y de la trascendencia en la interpretación que se dio a la legislación electoral para garantizar la equidad de género.