El instituto no hizo pesquisas exhaustivas sobre queja del tricolor, señalan magistrados
Sábado 21 de enero de 2012, p. 7
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Instituto Federal Electoral (IFE) de exculpar al precandidato presidencial panista Ernesto Cordero, en relación con una queja priísta sobre declaraciones hechas por el ex secretario de Hacienda.
El tribunal consideró que se violó el principio de exhaustividad en las investigaciones y no hubo un pronunciamiento en torno a todos los agravios que denunció el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
En una resolución aprobada la madrugada del viernes, los magistrados ordenaron al IFE realizar una nueva resolución. Cordero fue acusado de beneficiarse de descalificaciones al tricolor, recogiendo parcialmente declaraciones del presidente Felipe Calderón, quien sugirió que en el PRI había algunas posturas que favorecerían pactar con las bandas de narcotraficantes.
Los magistrados consideraron que el instituto debió dar respuesta puntual a cada uno de los agravios enlistados por el tricolor, entre ellos que un partido, candidato o aspirante no sólo obtiene beneficios al hablar de la fuerza política a la que pertenece, sino también descalificando al adversario, lo que habría hecho Cordero en un mitin panista.
Por eso el tribunal revocó el acuerdo y dio instrucciones al IFE de emitir una nueva resolución, producto de investigaciones exhaustivas.
Durante la sesión, el TEPJF resolvió también un recurso en contra de la designación de René Bejarano como miembro de la Comisión Política Nacional del Partido de la Revolución Democrática, al desestimar los agravios esgrimidos por quienes impugnaron el nombramiento.
A juicio de los magistrados, Bejarano cumplió con todos los requisitos para ser integrado en esa instancia partidista, en especial el de antigüedad.
En otro orden, el TEPJF revocó los lineamientos para la verificación del padrón de militantes de los partidos, aprobado hace unos meses, por considerar que en ellos el IFE se extralimita al imponer en el punto primero de los lineamientos cuestionados mayores requisitos que los que constitucional y legalmente se encuentran establecidos para considerar como miembros afiliados de un partido político nacional a los ciudadanos que integran los mismos.
Al resolver un recurso promovido por el Partido Verde Ecologista de México, el tribunal consideró que de conformidad con el reglamento del IFE en materia de transparencia y acceso a la información, los lineamientos deben constreñirse a establecer los mecanismos para la verificación y revisión de los padrones de militantes y afiliados de los partidos y la obligación de presentarlos actualizados
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De acuerdo con el TEPJF, el instituto fue más allá de las disposiciones de ley, por lo que revocó dichos lineamientos, con el fin de que el IFE expida otros.