Martes 28 de febrero de 2012, p. 28
En votación dividida (seis a cuatro), el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no está facultada para revisar las decisiones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), por ser éste un órgano desconcentrado autónomo que responde a la tendencia internacional de contar con órganos especializados, técnicos y fundamentales para la regulación de las actividades económicas trascendentes para el país
.
Con la decisión, los ministros ampararon a la telefónica Unefon en contra de la resolución de la SCT de 2008, pero dejaron firme la resolución P/300507/304 del 30 de mayo de 2007, en la que la Cofetel estableció las tarifas de interconexión de redes públicas que Axtel deberá pagar a Unefon por servicios de terminación conmutada de telefonía celular bajo la modalidad el que llama paga
para el periodo 2005-2010.
Fuentes judiciales señalaron que la decisión envía un mensaje muy claro
a las autoridades de telecomunicaciones y a las empresas telefónicas, de radio y televisión, en el sentido de que la Cofetel es la única con atribuciones para establecer de manera independiente y autónoma políticas públicas en esos sectores.
Además, añadieron, es un reconocimiento a la necesidad de que los nombramientos de los funcionarios de los órganos desconcentrados sean inamovibles y transexenales, para que sus integrantes desarrollen políticas públicas que respondan a las necesidades técnicas del país y trasciendan los intereses políticos del gobierno en turno.
Los ministros Luis María Aguilar, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Fernando Franco, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cosío y Jorge Pardo coincidieron en que la Cofetel constituye una nueva forma evolucionada de desconcentración
en la que, aun siendo dependiente económica y organizativamente de la SCT, goza de plena autonomía.
Luis María Aguilar sostuvo que la autonomía de la Cofetel se aplica también a radiodifusión y telecomunicaciones, y que de permitirse que la secretaría intervenga en sus decisiones generaría falta de seguridad jurídica en la toma de decisiones del organismo, que es el único regulador del espectro radioeléctrico.