Miércoles 7 de marzo de 2012, p. 33
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los recursos de revisión que presenten las empresas telefónicas en contra de las tarifas de interconexión fijadas por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) deberán ser resueltos por la propia Cofetel. Hace unos días el propio pleno había resuelto que la Secretaría de la Comunicaciones y Transportes (SCT) no es superior jerárquico de la Cofetel, y por tanto deben ser los propios comisionados los que validen en segunda instancia su decisión. Tres de siete ministros votaron en contra, por considerar que lo más conveniente sería que una vez que la Cofetel emita un fallo sobre tarifas de interconexión, cuando las empresas no se pongan de acuerdo sobre el costo, la telefónica acudiera directamente al amparo y no esperar a una segunda decisión de los integrantes de la Comisión para poder acudir a los juzgados. En la sesión de hoy, los ministros concedieron el amparo a Telcel, Axtel, Movistar, Baja California Celular Mexicana, Celular de Telefonía, Movitel del Noroeste y Telefonía Celular del Noroeste.