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Saldos de la Guerra Sucia
Aprueba el Senado ley para crear el registro de datos de extraviados y desaparecidos

Se elaborará base informativa de personas en esa condición y se dará seguimiento a las denuncias

Avalan también la elaboración de un manual de protección ciudadana y prevención de riesgos

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Durante la sesión del Senado en la que se aprobó la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, el panista Felipe González, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, sostuvo: no debemos seguir permitiendo que cuando desaparece una persona, solamente pase a las estadísticas. Debemos de inmediato buscarla, encontrarla y regresarla a su hogarFoto José Antonio López
 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de marzo de 2012, p. 2

Por unanimidad, la Cámara deSenadores aprobó ayer la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, así como reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el propósito de elaborar un manual para que los ciudadanos sepan cómo actuar ante retenes y operativos militares y policiacos o cuando se presenten hechos delictivos.

El Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas tiene como propósito crear un banco de información sobre personas en esa condición y dar seguimiento a los casos denunciados.

En la ley se detalla que contará con un apartado de consulta accesible al público y dispondrá espacios de buzón para recibir la información que proporcione la ciudadanía. Funcionará las 24 horas, los 365 días del año y podrá ser consultado vía telefónica mediante la página electrónica que para el efecto se diseñe. Además, la autoridad competente podrá solicitar la colaboración de los medios de comunicación, así como el apoyo de las empresas de telefonía móvil para difundir casos mediante mensajes de texto.

El dictamen aprobado señala que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) registró de 2006 a abril de 2011 un total de 5 mil 397 expedientes de personas reportadas como extraviadas o ausentes, y cuenta con datos de 8 mil 898 fallecidas que no han sido identificadas por las autoridades correspondientes.

La ley prevé sanciones en el caso de uso indebido de documentos y medios de licitación relacionados con el registro de datos, así como su utilización con fines de lucro, que incluyen multas de 2 mil a 15 mil días de salario mínimo.

El senador panista Felipe González, presidente de la Comisión de Seguridad Pública, señaló que la minuta tuvo su origen en el Senado. En tribuna, destacó: no debemos seguir permitiendo que cuando desaparece una persona, solamente pase a las estadísticas. Debemos de inmediato buscarla, encontrarla y regresarla a su hogar.

A su vez, el perredista Valentín Guzmán recalcó que las desapariciones forzadas no son cosa del pasado. “Uno de los fenómenos que más dramáticamente han aumentado en el contexto de violencia e inseguridad que se vive en el país, es la desaparición de personas.

“No debemos olvidar las más de 700 desapariciones durante la guerra sucia de los años 70. No podemos olvidar los cientos de desapariciones forzadas y ejecuciones sumarias ocurridas durante el oscuro periodo de la guerra sucia, ordenadas, cometidas y encubiertas por los altos niveles de gobierno.”

El senador por el PRD agregó que de 2006 a diciembre de 2011 la CNDH reconoció que investigaba los expedientes de más de 2 mil 500 personas que no aparecen, 500 de ellas por desapariciones forzadas.

En la sesión de este martes el Senado sólo avaló los cambios que hizo la Cámara de Diputados a la minuta por la cual se crea la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Entre los cambios que formularon los diputados se encuentra que el informe anual que deberá presentar el Consejo Nacional de Seguridad Pública con estadísticas sobre el número de desaparecidos, será público.

El dictamen con proyecto de decreto aprobado se remitió ayer al Ejecutivo federal para su promulgación.

Por otra parte, el pleno de la Cámara de Senadores también aprobó varias reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre las cuales destaca la elaboración del manual de protección ciudadana y prevención de riesgos.

Al respecto, la reforma señala que el manual debe ser difundido en todas las instancias de gobierno de forma periódica, con la finalidad de que abone a la cultura de la autoprotección y permita definir a los ciudadanos cómo actuar en cualquiera de las acciones que realicen las fuerzas armadas o las corporaciones policiacas.