Prohíbe a detenido comunicarse con alguien: diputados de PRD y PT
Martes 27 de marzo de 2012, p. 18
El dictamen que avala el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales, que será votado mañana en lo particular, permite al Ministerio Público o a las fuerzas armadas incomunicar a presuntos delincuentes detenidos, lo cual es violatorio de los derechos humanos y del acceso a la defensa, cuestionaron los grupos parlamentarios de PRD y PT en la Cámara de Diputados.
En sus observaciones al dictamen de la Comisión de Justicia, que ya fue aprobado en lo general, resaltan que en los artículos 211 y 212 se permite que el Ministerio Público y la víctima de algún delito u ofendido soliciten al juez medidas precautorias
, entre éstas la prohibición de acercarse o comunicarse con alguien
.
Los diputados Alejandro Encinas (PRD) y Pedro Vázquez, coordinador del PT, señalan que los artículos 246 y 247 amplían la restricción, al considerar entre las previsiones requeridas al juez el que para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido, evitar la obstaculización del procedimiento o asegurar el pago de la reparación del daño
, se imponga la prohibición de convivir o comunicarse con determinadas personas o con las víctimas u ofendidos o testigos
.
Esta definición, expusieron, constituye una violación flagrante a uno de los pilares del debido proceso: el derecho de defensa, que es norma suprema al ser parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
.
Consideraron que al limitar la comunicación con alguien
o determinadas personas
afecta los derechos consagrados en diferentes incisos del artículo 8 de dicha convención.