omo todos sabemos, se encuentran en el Congreso algunas iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que han sido presentadas por los partidos, de manera especial por el PAN, en dos ocasiones, y por el PRI. No son muy diferentes unas de otra, lo que quiere decir que son igualmente favorables para los empresarios y negativas para los trabajadores.
En España está pasando un poco lo mismo. Hay un proyecto de reforma al Estatuto de los Trabajadores que se acaba de publicar bajo la forma malintencionada de Decreto Real, que quiere decir un proyecto que no pasó por el Congreso, seguramente porque el Partido Popular –que encabeza el más que derechista Mariano Rajoy– pensó que la oposición se manifestaría en contra, con el riesgo de que no pasara el proyecto.
Lo importante es la manifestación de protesta de los trabajadores que han declarado la huelga general, apoyada por la Unión General de Trabajadores, de corte socialista, y Comisiones Obreras, vinculada al Partido Comunista.
La plaza de la Puerta del Sol, en Madrid, indudable centro político, se ha llenado de manera increíble poniendo de manifiesto el poder de las organizaciones sindicales, lo que ciertamente se esperaba, aunque no en la dimensión en que se ha presentado. Lo importante será conocer la reacción del Partido Popular ante esas manifestaciones de inconformidad.
Confieso que me da envidia, porque entre nosotros, como es natural, dado el estrecho vínculo de las más notables centrales obreras: Confederación de Trabajadores de México, Confederación Regional Obrera Mexicana y Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, fundamentalmente con el gobierno y el sector patronal, no ha habido ninguna reacción popular contra los proyectos del PAN y del PRI, cuya lectura pone de manifiesto el deseo de romper con el derecho a la estabilidad en el empleo y facilitar las contrataciones temporales, entre otras cosas.
El problema es antiguo y peligroso, puesto de manifiesto de mil maneras que, por cierto, auspicia la propia LFT. Hay que leer las disposiciones relativas a los organismos tripartitas, de manera particular de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CNSM), en la que las decisiones, siempre contrarias al interés de los trabajadores, como la reciente del 1° de enero que colocó al salario notablemente por debajo de la tasa de inflación, contribuyen a incrementar la pobreza de nuestro pueblo y a la satisfacción de los empresarios.
Es curioso advertir que la LFT, en lo formal, da otra impresión. Basta leer las funciones del director técnico de la CNSM para advertir que los propósitos de la ley son bien diferentes de los resultados. El artículo 562 de la ley es suficientemente expreso, particularmente el inciso a) del punto II, y vale la pena reproducirlo: El presupuesto indispensable para la satisfacción de las siguientes necesidades de cada familia, entre otras: las de orden material, tales como la habitación, vestido y transporte; las de carácter social y cultural, tales como la concurrencia a espectáculos, práctica de deportes, asistencia a escuelas de capacitación, bibliotecas y otros centros de cultura, y las relacionadas con la educación de los hijos
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Sería muy sano que con un buen criterio de información la Secretaría del Trabajo y Previsión Social diera a conocer públicamente el dictamen del director técnico y las actas de las discusiones en que se aprobaron los salarios mínimos más recientes.