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Abogados cuestionan limitaciones en defensa de acusados

En 14 meses se han tramitado 250 demandas contra el arraigo

Por falta de tiempo para resolución, sobreseídos, 98% de procesos

 
Periódico La Jornada
Martes 19 de junio de 2012, p. 20

En los pasados 14 meses se han tramitado al menos 250 demandas de amparo ante jueces federales contra medidas de arraigo solicitadas por la Procuraduría General de la República (PGR), en las cuales los abogados cuestionaron la constitucionalidad de los artículos 12, 13 y 14 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada porque limitan las posibilidades de defensa de quienes son acusados de incurrir en algún delito ligado a esa figura.

De acuerdo con informes estadísticos del Poder Judicial Federal, 98 por ciento de las demandas de garantías que en ese lapso fueron tramitadas contra medidas de arraigo han terminado en el sobreseimiento, lo que significa que por falta de tiempo para su resolución los juicios quedaron inconclusos, sin que algún juez o tribunal pudiera pronunciarse sobre la supuesta inconstitucionalidad de ambos artículos.

En su mayoría, sucede que el periodo de arraigo concluye antes de que se resuelva el juicio de amparo, por lo que los jueces optan por desechar los casos sin entrar al estudio de fondo.

En 2005, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el arraigo no viola los artículos 14, 16 y 20 de la Carta Magna y que la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada también es constitucional.

Sin embargo, en 2008, como parte de la reforma de justicia penal propuesta por el presidente Felipe Calderón, el Congreso de la Unión modificó los artículos 16 y 20 de la Carta Magna, elevando a rango constitucional el arraigo, además de que en 2009 se cambiaron varios ordenamientos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Las reformas endurecieron las medidas de apremio de la autoridad ministerial contra los criminales, y con ello se restringieron los alcances de las garantías individuales para aquellos imputados que sean investigados por algún delito grave ligado a narcotráfico, secuestro, trata de personas, lavado de dinero y otras acciones delictivas vinculadas a la delincuencia organizada.

Un periodo de arraigo puede durar un máximo de 80 días, mientras un juicio de garantías normalmente se soluciona entre cuatro y seis meses, por lo que el tiempo para resolver el tema de la inconstitucionalidad de tres artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada es insuficiente para los jueces, quienes por ello se inclinan a desechar el estudio del juicio mediante un sobreseimiento.

Los artículos 12 y 13 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada impiden a los inculpados tener copia de las averiguaciones previas que se abren en su contra, y sólo les dan el derecho de escuchar las imputaciones que terceros hayan hecho.

El artículo 14 de la misma ley agrega que la identidad de los testigos protegidos de la PGR tendrá derecho de permanecer oculta, pese a que el artículo 20 de la Carta Magna concede la garantía a los imputados de conocer el nombre de quien haga una acusación en su contra.

En la edición de ayer de este diario, abogados penalistas consultados se pronunciaron por desaparecer la figura del arraigo, por considerar que viola diversos preceptos jurídicos nacionales e internacionales, además de que afecta los derechos humanos de cualquier acusado.