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Acusan a la procuraduría de aplicar un doble rasero

Exigen a la PGR más rigor al tomar como pruebas declaraciones de testigos protegidos
 
Periódico La Jornada
Jueves 28 de junio de 2012, p. 14

Abogados penalistas exigieron a la Procuraduría General de la República (PGR) que en materia de delincuencia organizada aplique las mismas reglas y candados que se utilizan en casos de extinción de dominio, a fin de que se obligue a los testigos protegidos de esa dependencia a que demuestren ser coherentes en sus acusaciones.

Los abogados Rogelio Garza y Martín Millán coincidieron en que la procuraduría no debe aplicar un doble rasero a la hora de valerse de los testigos colaboradores para armar sus averiguaciones previas, ya que es inaceptable, pues viola la Constitución, que la Ley Federal de Extinción de Dominio emita reglas rigurosas para la recopilación de testimonios de este tipo de testigos mientras la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada da manga ancha a los fiscales para inducir los dichos de sus declarantes.

La Ley Federal de Extinción de Dominio, que entró en vigor el 29 de agosto de 2009, indica cuatro condiciones a este tipo de testigos, entre ellos exigir a fiscales federales que elaboren una valoración de las declaraciones de dichos colaboradores bajo protesta de decir verdad.

Los especialistas en materia penal consultados estimaron que técnicamente esa condición que impone la ley en materia de extinción de dominio da lugar al fincamiento de responsabilidad a los fiscales federales que avalen información falsa aportada por testigos protegidos.

En cambio, dijeron, en el caso de la ley contra la delincuencia organizada los fiscales no tienen límites al utilizar ese tipo de testigos.

Mientras la norma de extinción de dominio subraya en su artículo 33 que de entrada los testimonios de oídas de los colaboradores de la PGR no tendrán valor probatorio, y que en ningún caso sus declaraciones serán suficientes para acreditar la existencia de un delito, en la ley que combate la delincuencia organizada sí es posible iniciar una averiguación previa a partir de los dicho por un testigo colaborador.

Es inaceptable que los testigos de PGR se utilicen para una cosa con total libertad y para otra con restricciones. Urge que se ponga orden en ese tema, sostuvo el penalista Garza.

En ningún caso deben ser suficientes las meras declaraciones de testigos colaboradores para acreditar la existencia de alguno de los elementos del cuerpo de algún delito; esos testimonios siempre deben ser relacionados y valorados con otros elementos probatorios que las confirmen, refirió Millán.