El banco sólo se haría acreedor a una sanción administrativa
Jueves 19 de julio de 2012, p. 24
HSBC México, como institución financiera, sólo puede hacerse acreedora a una sanción administrativa ante la falta de controles adecuados para la detección de operaciones relevantes, sospechosas o inusuales, pero los directivos implicados en dichas faltas sí pueden ser objeto de una sanción penal. Así lo establecen las leyes en México, comentó el profesor investigador del departamento de estudios jurídicos y sociales del Tecnológico de Monterrey campus Ciudad de México, Vicente Fernández Fernández.
Refirió que el caso de HSBC Estados Unidos y la filial en México, que se discutió este martes en el Senado estadunidense, sólo reveló las deficiencias que aún tienen las leyes referentes al combate del lavado de dinero y su aplicación por los actores correspondientes. En su opinión normativamente no son perfectas nuestras leyes, pero sí tienden a por lo menos detectar cierto tipo de operaciones, pero se falla en su momento de aplicación concreta
, agregó.
Mencionó que en caso de no existir una investigación, por el tema se tiene que hacer de manera exhaustiva
tanto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), como por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y así deslindar y fincar las responsabilidades correspondientes a la institución y a las personas físicas involucradas.
Detalló que aun cuando no pudiera ser sancionado HSBC México en Estados Unidos –ya que es una situación que debe revisarse–, sí se puede sancionar a las personas físicas involucradas en el ilícito en México a través del inicio de un juicio y solicitud de extradición.
Tal cual como se hace con los narcotraficantes, al ingresar dinero ilícito de Estados Unidos a México o viceversa, al ser una afectación para el país, sus autoridades sí pueden iniciar juicios penales y determinar responsabilidades sobre personas físicas en concreto que estén en México. No así a la institución que le toca a la SHCP y CNBV
, precisó. Para Fernández Fernández, si bien toda la normatividad es perfectible, el problema en México no son sus leyes sino la falta de voluntad para su aplicación.
Reiteró que en el caso de HSBC México las fallas fueron por ambas partes, tanto del banco, al no contar con los mecanismos de control adecuados, laxitudes y adecuada clasificación de cuentas, y de parte de las autoridades al actuar, quizás, ya tarde, opinó.
De acuerdo con el documento, HSBC Holdings Plc detectó la falta de controles antilavado desde la reciente adquisición de la institución bajo el nombre Bital, y que la CNBV criticó y derivó en sanciones dichas deficiencias desde 2007.
El profesor destacó que en los últimos 10 años en México se ha intensificado la norma en general de anti lavado y un ejemplo es la obligación de todas las instituciones financieras a reportar cada mes aquellas operaciones que se consideran relevantes o sospechosas y todas aquellas que excedan los 10 mil dólares y las atípicas.