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El PRI impugnó promocional en que apareció el jefe de Gobierno

Magistrados electorales ordenan al IFE citar a comparecer a Ebrard
 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de septiembre de 2012, p. 10

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) reponer el procedimiento relacionado con la queja interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra el Movimiento Progresista y el jefe de Gobierno del Distrito Federal (GDF), Marcelo Ebrard, por un promocional difundido durante la campaña presidencial en el cual éste se ostentaba como futuro secretario de Gobernación.

A juicio de los magistrados, durante la sustanciación de la queja, el IFE no emplazó a Ebrard, a pesar de que estaba directamente involucrado en el caso y, por tanto, no se agotó el principio de exhaustividad de las investigaciones, por lo cual ordenó al instituto que, como parte del procedimiento, se cite al jefe de GDF.

Multa a movimiento indígena

Durante la sesión pública de este miércoles el tribunal también ratificó sanciones impuestas por el IFE al Movimiento Indígena Popular, por un monto de 61 mil pesos, por haber promovido en periodo de campañas electorales propaganda contraria a la entonces candidata del Partido Acción Nacional, Josefina Vázquez Mota, con la frase: “Adiós, Chepina, gracias por participar”.

El recurso interpuesto por la organización fue desechado porque los magistrados consideraron que ésta no ejerció propiamente su libertad de expresión, sino que, sin haber mediado un convenio de coalición con algún partido, realizó propaganda electoral, que está restringida.

Finalmente, el TEPJF también resolvió un recurso del tricolor en contra de Andrés Manuel López Obrador. El PRI acusó al ex candidato presidencial del Movimiento Progresista de haber realizado actos de proselitismo con alusiones de orden religioso, lo cual está prohibido por la ley.

Al respecto, los magistrados consideraron que la reunión que sostuvo López Obrador con ministros de culto tuvo un carácter privado, por lo que su difusión en páginas de Internet no tuvo fines propagandísticos ni es responsabilidad de partidos o candidatos, por lo que ratificó la exoneración del ex candidato presidencial.