La ex gobernadora ganó con una chicanada
: contralor de Zacatecas
Jueves 20 de septiembre de 2012, p. 34
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que tiene efectos plenos el amparo concedido a la ex gobernadora de Zacatecas Amalia García Medina para que se declaren nulas las auditorías que se practicaron a su gestión y en las que supuestamente se detectaron irregularidades por mil 500 millones de pesos.
A través de la primera sala de la SJCN, y a propuesta del ministro Arturo Zaldívar, el máximo tribunal del país resolvió fundada la inconformidad 300/2012, presentada por la ex gobernadora zacatecana.
La determinación se debió a que en el caso particular el gobernador (Miguel Alonso Reyes) y secretario general de Gobierno (Esaú Hernández) del estado de Zacatecas, al pretender cumplir la ejecutoria del amparo concedido a Amalia Dolores García Medina por la primera sala de la SCJN, emitieron acuerdos a través de los cuales informaron que se abstendrían de aplicar a la parte quejosa el precepto legal número 33, numeral 1, inicio I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, cuando lo correcto era hacer esa declaratoria en cuanto a la abstención de aplicar todo el cuerpo legislativo declarado inconstitucional
, informó la SCJN.
El amparo concedido a Amalia García “es para el efecto de impedir que a la inconforme se le aplicara la ley en cuestión. Hay que entender que cualquier acto en el cual se haya aplicado a la recurrente ese ordenamiento normativo hay que declararlo nulo, como acontece con las actuaciones de la auditoría ordenada con fundamento en el artículo 31 de la citada Ley.
Al considerar fundada la presente inconformidad
, un juez de distrito con sede en Zacatecas deberá requerir a las autoridades de esa entidad que cumplan con los términos del amparo concedido a la ex mandataria local.
La primera sala otorgó el amparo solicitado por Amalia García, al considerar que el decreto promulgatorio de la citada ley no satisfizo uno de los requisitos de validez del acto legislativo, como es el refrendo del contralor interno (Guillermo Huizar Carranza), de conformidad con la Constitución local y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
.
Vía penal, otra posibilidad
En Zacatecas, el contralor del estado, Guillermo Huízar Carranza, advirtió que el amparo concedido a la ex gobernadora no fue porque haya acreditado su inocencia la señora, ni porque la Contraloría haya dicho mentiras (sobre el presunto desfalco al erario por 2 mil 400 millones de pesos), ni porque las irregularidades fueran inexistentes
.
En entrevista tras darse a conocer el fallo de la SCJN, Huízar Carranza añadió: “Ahí están las irregularidades sólidamente documentadas; simple y sencillamente no se le pudo sancionar, en virtud de que el instrumento sancionador (la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado) tiene un problema de forma –la falta de una firma–, ocurrido hace 10 años”.
Por lo demás, dijo Huizar, que Amalia García no presuma un amparo que está ganando con una chicanada, con un argumento leguleyo, porque cuando ella fue gobernadora sí la aplicó y sancionó con esta norma a muchos funcionarios
.
La resolución de la Suprema Corte es inocua: no cambia absolutamente en nada las cosas
, advirtió el contralor del estado, ya que, si bien la vía administrativa quedó cancelada, la vía penal es otra posibilidad legal para sancionar a la ex gobernadora y sus ex funcionarios por las presuntas irregularidades administrativas que se les imputan.