Jueves 17 de enero de 2013, p. 25
El 16 de abril entra en vigor el decreto que posibilita el cobro por segundo de servicios de telecomunicaciones como los teléfonos móviles. Este miércoles fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, el cual indica que en el caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al público consumidor con cargos por concepto de la duración de las comunicaciones, los concesionarios y permisionarios deberán incluir dentro de su oferta comercial planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad
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