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Caso Cassez: el desaseo

Tras el fallo de los ministros, se autorizó la partida bajo la figura de retorno asisitido

Florence aterriza hoy en París luego de que el INM le tramitó salida fast track

No fue conducida al área de control migratorio del aeropuerto, sino al hangar de la PF

Foto
En el mismo avión en el que Florence Cassez regresó anoche a París, Francia, tras ser excarcelada, viajó la reconocida directora de orquesta Alondra de la Parra, quien antes de que despegara el vuelo 439 de Air France envió los tuits y las fotos que aparecen en esta imagen
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de enero de 2013, p. 10

El gobierno mexicano autorizó la salida fast track de Florence Cassez bajo la figura de retorno asistido. La ciudadana francesa recibió trato preferencial de las autoridades migratorias y de la Policía Federal, quienes la custodiaron hasta las escalinatas del avión de Air France, vuelo 439 con destino a París, donde ocupó un asiento de primera clase.

En medio de un fuerte dispositivo de seguridad, Cassez abandonó el país minutos después de las nueve de la noche. Se espera que llegue a su destino a las 14:15 horas, tiempo de París (7:15, hora del centro de México).

Minutos después de conocerse el fallo judicial a favor de Cassez, la embajada de Francia y los abogados de quien hasta ayer enfrentara una sentencia por secuestro hicieron gestiones expeditas para que pudiera salir de México de inmediato, sin contratiempos legales o administrativos.

Las autoridades federales no pusieron ningún obstáculo para que la extranjera abandonara territorio nacional; por el contrario, movilizaron a personal del Instituto Nacional de Migración (INM) para que la venia de salida procediera bajo retorno asistido.

Los abogados de Cassez tramitaron de último minuto, como medida preventiva, una demanda de amparo ante posibles actos de incomunicación y tortura en contra de la ciudadana francesa.

El INM también había tomado sus previsiones. En caso de que la extranjera solicitara permanecer más tiempo en México para realizar, por ejemplo, una demanda contra las autoridades que la detuvieron y juzgaron, el instituto estaba en condiciones de otorgarle una visa humanitaria, esto es, una estancia legal y temporal que se concede a quienes afirman ser víctimas del delito o de abuso de autoridad.

Agustín Acosta, abogado de Cassez, quien durante la tarde de ayer conversó con su defendida en el penal de Tepepan, dijo que “estaba impactada emocionalmente; no podía articular bien palabras, y lo único que atinaba a decir era: ‘soy inocente’”.

Los litigantes y funcionarios coincidieron en que apenas se conoció el veredicto de la Suprema Corte, representantes de la embajada de Francia en México se comunicaron con las autoridades del INM, encabezadas por Ardelio Vargas Fosado, para que no se impidiera la salida.

Y así ocurrió. En medio de una movilización de uniformados y reporteros, Cassez recorrió la ruta del penal de Tepepan a la terminal aérea.

La francesa no fue conducida al área de control migratorio en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, como cualquier viajero, sino al hangar de la Policía Federal, donde se realizó el trámite de salida, pese a que autoridades aeroportuarias habían comentado que no había solicitado trato preferencial.

De ahí fue llevada, por las pistas de la terminal, hasta la escalinata del avión de Air France. Los agentes migratorios la acompañaron hasta antes de abordar. Viajó acompañada por su padre y uno de sus abogados.

El INM, organismo dependiente de la Secretaría de Gobernación, aceptó procesar los trámites de salida en condiciones especiales. En otros casos, los extranjeros localizados por la autoridad pueden ser conducidos a una estación migratoria, aunque en este caso no se trataba de una expulsión, sino de una salida voluntaria, explicó el instituto acerca de Cassez, quien entró a México en 2005 con visa de turista.

El gobierno mexicano ponderó el artículo 118 de la Ley de Migración, que dice: podrán solicitar el beneficio del retorno asistido, sin perjuicio de lo que al efecto se establezca en los instrumentos institucionales, los extranjeros que se ubiquen en los siguientes supuestos: I. Se encuentren irregularmente en territorio nacional, a disposición del Instituto, y II. No exista restricción legal emitida por autoridad competente para que abandonen el país.