Viernes 25 de enero de 2013, p. 31
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la integración del Consejo de Promoción Turística únicamente en lo que se refiere para el Distrito Federal, por considerar que los artículos 37, 39, 40 y 41 de la Ley General de Turismo, son violatorios del principio de igualdad, en razón de que las entidades federativas no encontrarán la representación adecuada
. El pleno de la SCJN estimó que las normas declaradas inconstitucionales vulneran la autonomía de los estados en materia turística
, pues el Congreso pretende que las campañas de promoción turística se subordinen a las políticas que establezca el Ejecutivo federal
.