Sábado 23 de febrero de 2013, p. 22
Montevideo, 22 de febrero. La Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró este viernes inconstitucionales dos artículos clave de una norma que permitía juzgar violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar de 1973 a 1985, lo que llevó al restablecimiento de la Ley de Caducidad, que en 1986 otorgó amnistía a los responsables de delitos de esa naturaleza.
La decisión deja en el limbo decenas de procesos judiciales abiertos por crímenes de lesa humanidad, durante el periodo en el que Uruguay estuvo bajo el mando castrense. El máximo tribunal no informó los fundamentos del fallo, que convierte en prescriptibles los crímenes contra los derechos humanos en la dictadura y los traslada al fuero de los delitos comunes. Este tema era materia de los artículos 2 y 3, declarados al margen de la Constitución de 1967, reformada 30 años después.
La decisión fue adoptada para un caso, pero tiene potencial para convertirse en antecedente para nuevos juicios o todos los que están en curso.
Unas 200 personas murieron y miles fueron torturadas y abusadas en la dictadura, mientras otras debieron exiliarse. El actual presidente de Uruguay, José Mujica, es un ex guerrillero que estuvo preso durante el régimen militar.