Martes 16 de abril de 2013, p. 53
La Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) ganó un caso al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en contra del artículo 160, párrafo segundo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta por ser violatorio de los derechos constitucionales de proporcionalidad y equidad de pequeños ahorradores con ingresos por intereses inferiores a 100 mil pesos anuales.
A los pequeños ahorradores, según el organismo, no se les permiten las deducciones previstas en esa ley, no se les aplica el efecto de la inflación ni pueden acreditar retenciones, lo que sí se permite a quienes obtienen beneficios por encima de ese monto de 100 mil pesos anuales.
Informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió favorablemente un amparo interpuesto por ese organismo para permitir que pequeños ahorradores paguen el ISR de acuerdo con su capacidad económica.
Dijo que por unanimidad de votos el máximo tribunal del país consideró que se violaba el derecho constitucional de proporcionalidad y equidad de pequeños ahorradores, que únicamente obtienen ingresos anuales por intereses inferiores a 100 mil pesos.
Resulta desproporcional (sic) a su realidad económica, porque no toma en cuenta los efectos de la inflación ni les concede el beneficio de acreditar sus retenciones y efectuar deducciones autorizadas. También consideró que resulta inequitativo que aquellos que obtienen al año ingresos superiores a 100 mil pesos por concepto de intereses si tengan derecho a los anteriores beneficios
, explicó la Prodecon.