Sociedad y Justicia
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Los ministros se limitarán a analizar si se invaden atribuciones de ayuntamientos

Abordará la SCJN controversias constitucionales de 3 municipios contra leyes antiaborto, el jueves

Buscan quitar al tema cargas valorativas y centrarse en la protección a la salud e integridad de las mujeres

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Activistas de diferentes ONG se manifiestan en la capital queretana por la censura a la campaña La Iglesia no condena el aborto, de Católicas por el Derecho a Decidir, en julio de 2010Foto Cuartoscuro.com
 
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de abril de 2013, p. 49

En la discusión de las tres controversias constitucionales –presentadas por los municipios de Arroyo Seco, Querétaro; Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, y Uriangato, Guanajuato– en contra de las leyes antiaborto aprobadas en 2009, los ministros no debatirán sobre el momento en que empieza la vida o sobre el derecho a ésta.

En la sesión prevista para este jueves, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se limitarán a analizar si las leyes impugnadas invaden la esfera de competencia de los ayuntamientos quejosos.

Fuentes judiciales comentaron lo anterior y precisaron que un elemento central de los proyectos elaborados por el ministro Fernando Franco, en los que propone invalidar las normas antiaborto, consiste en quitarle a sus documentos cualquier carga filosófica, religiosa, ética o moral sobre el tema del aborto, y centrarse exclusivamente en el tema constitucional.

Agregaron los informantes que en los tres proyectos, en los que se propone darle la razón a los municipios demandantes, a efecto de invalidar las reformas constitucionales que protegen el derecho a la vida desde la concepción, se plantea que las normas impugnadas violan la esfera de competencia de las autoridades sanitarias municipales.

Lo anterior, en razón de que dichas reformas estatales le niegan a las autoridades sanitarias municipales el derecho a ofrecer servicios como la aplicación de métodos anticonceptivos, incluida la píldora de emergencia y el dispositivo intrauterino.

Los ayuntamientos argumentan que al dotar de personalidad jurídica al producto de la concepción, se obstaculiza la labor de los municipios en materia de salud y de protección a las mujeres en contra de la violencia de género.

De acuerdo con los funcionarios consultados, será la primera vez que el máximo tribunal aborde el tema del aborto en una demanda presentada por los ayuntamientos, los cuales exigen la invalidez de las disposiciones que les impiden cumplir con sus obligaciones en materia de salud reproductiva.

En septiembre de 2011, la Corte resolvió dos acciones de inconstitucionalidad, presentadas en contra de leyes antiaborto de Baja California y San Luis Potosí, las cuales fueron de­sechadas porque faltó un voto (siete a cuatro) para declarar la invalidez de las normas. En aquel entonces, el actual presidente de la SCJN, Juan N. Silva Meza, así como Olga Sánchez Cordero, Fernando Franco, José Ramón Cossío, Sergio Valls Hernández, Arturo Zaldívar y Luis María Aguilar votaron por la inconstitucionalidad de las normas.

Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo Rebolledo, Sergio Aguirre Anguiano y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia (estos últimos fueron sustituidos en diciembre pasado por Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Alberto Gelacio Pérez Dayán) avalaron dichas leyes.

Ahora, en cambio, se trata de una controversia constitucional, en la que se necesita mayoría simple de seis votos para que las leyes referidas no se apliquen en esos municipios, exclusivamente.

Y se requieren ocho votos para que la Corte inicie un proceso y con base en la nueva Ley de Amparo, se ponga en marcha el proceso jurídico para declarar la inconstitucionalidad de todas las leyes que protegen la vida desde la concepción.