Opinión
Ver día anteriorViernes 26 de abril de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Zonas costeras: reforma peligrosa
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l martes, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 27 de la Constitución, propuesta por la diputada priísta Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, que elimina la prohibición para que ciudadanos extranjeros posean bienes inmuebles en las llamadas zonas restringidas –una franja de 100 kilómetros en las fronteras y de 50 kilómetros en las playas– con la condición de que tales propiedades sean destinadas a uso habitacional y no comercial, industrial o agrícola. En la lógica de los legisladores que aprobaron dicha modificación, pertenecientes a las bancadas de PRI y PAN, dicha prohibición constitucional obedece a una circunstancia histórica hoy superada –el riesgo de una invasión cuerpo a cuerpo de ejércitos extranjeros por las playas o por las fronteras–, que ha dado lugar a ejercicios de simulación en los que ciudadanos de otros países adquieren propiedades en esas franjas de territorio mediante fideicomisos o prestanombres.

En primer término, la reforma comentada constituye una inconsistencia jurídica con respecto a lo establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, que define a las playas como una franja territorial siempre variable, que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales y establece una Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) que constituye un bien público, delimita el área propiamente habitable de la región costera y que estará constituida por la faja de 20 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas. Esta última, sin embargo, no está mencionada siquiera en el dictamen aprobado por los diputados.

Así fuera cierto que en el mundo contemporáneo se hubiera desvanecido el riesgo de una invasión a través de las playas o de las franjas fronterizas, habría debido considerarse que hoy existen circunstancias socioeconómicas que habrían hecho necesario mantener la limitación eliminada por el pleno de San Lázaro.

En concreto, la eliminación de la prohibición referida puede generar una presión inmobiliaria y especulativa devastadora sobre las zonas hasta ahora restringidas, habida cuenta la asimetría enorme entre los ingresos de los habitantes de las regiones costeras y los de inversionistas extranjeros que quieran invertir en ellas.

El deterioro socioeconómico y el abandono que padecen muchas comunidades costeras tras cinco lustros de política neoliberal las ha colocado en una situación de supervivencia, o casi, en la que les resultaría casi inevitable sucumbir ante una demanda inmobiliaria exponenciada por la brusca expansión del universo de compradores. Acto seguido, los vendedores se enfrentarían a una tragedia semejante a la que afrontaron muchos de los ejidatarios que se deshicieron de sus tierras tras la reforma salinista al artículo 27 constitucional, que hizo posible enajenar las tierras ejidales: la pérdida simultánea del espacio laboral y del habitacional, la imposibilidad de transformar en capital productivo el dinero recibido a cambio –porque siempre es muy poco y porque no hubo ninguna planeación oficial que auspiciara esa transformación– y, a mediano plazo, una vez agotados los recursos de la venta, la reducción a una vida sin vivienda ni actividad económica, el tránsito a la informalidad, la mendicidad, la emigración forzosa o la delincuencia.

Por añadidura, la conversión de las tierras hasta ahora restringidas en áreas exclusivamente habitacionales, turísticas y, previsiblemente, lujosas, haría muy difícil la supervivencia de las pequeñas unidades productivas –cooperativas pesqueras, granjas acuícolas, prestación de servicios turísticos artesanales– que se desarrollan en esas zonas.

Si el propósito es evitar actos de simulación mediante los cuales algunos extranjeros burlaban la prohibición que se pretende derogar, lo pertinente es corregir y erradicar las prácticas fraudulentas correspondientes y hacer frente, de una vez por todas, a la vasta corrupción que las hace posibles.

En lo inmediato es procedente pedir a los integrantes del Senado que detengan la disposición y actúen con la sensatez, el sentido nacional y la visión de sociedad y de futuro que no tuvieron sus contrapartes en San Lázaro.