Política
Ver día anteriorMartes 18 de junio de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Su difusión no puede estar sujeta a que el legislador acepte, consideran

Declaraciones patrimoniales de diputados federales deben ser públicas: ministros

Debaten sobre el amparo presentado por un particular al cual le fue negada la información

En contra, tres colegiados aducen que se violaría la protección de los datos personales

 
Periódico La Jornada
Martes 18 de junio de 2013, p. 9

Las declaraciones patrimoniales de los diputados federales deben ser públicas, bajo el principio de máxima publicidad, y su difusión no puede estar sujeta a que el legislador acepte que los datos sobre su situación económica sean difundidos, señalaron ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al comenzar ayer la discusión del proyecto de dictamen elaborado por el ministro José Ramón Cossío, que plantea la inconstitucionalidad del artículo 40 (párrafo tercero) de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en razón de que ‘‘sujeta la difusión sobre declaraciones patrimoniales al consentimiento de los funcionarios que la rindieron’’, se dividieron las opiniones en la sesión del máximo tribunal.

Los ministros analizan el amparo solicitado por Guillermo Javier Felipe Ávila Reséndiz en contra de la Cámara de Diputados, la cual se negó el año pasado a entregarle información sobre la situación patrimonial de los legisladores que dejaron el cargo en septiembre pasado, con el argumento de que los representantes se opusieron a que se hicieran públicos sus datos.

El tema llamó la atención de la opinión pública en enero pasado, cuando el procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, se negó a que su declaración patrimonial fuera hecha pública, además de que hubo cuestionamientos de algunos sectores respecto de si el propio presidente Enrique Peña Nieto y los miembros de su gabinete declararon la totalidad de sus bienes, lo cual generó controversia.

De proceder la propuesta de Cossío de declarar inconstitucional la norma impugnada, la entrega de la información requerida no dependerá de la voluntad de los funcionarios federales de cualquier rango y nivel, previa solicitud de información.

Los ministros de la Corte Cossío y Sergio Valls consideraron que la norma es inconstitucional, porque limita el derecho a la información pública al restringir ‘‘de manera absoluta’’ el derecho a la información.

El ministro Cossío propuso que se entregue al quejoso una versión pública de la declaración patrimonial de los 500 legisladores, en las que se omitan datos personales como: registro federal de causantes, CURP, domicilio particular, estado civil, número del teléfono, números de cuentas bancarias y de valores, así como ubicación de bienes inmuebles y datos que incluyan a terceros, entre otros.

En contra del proyecto se manifestaron los ministros Alberto Gelacio Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Margarita Luna Ramos, quienes consideraron que la difusión pública de las declaraciones patrimoniales atenta contra el principio de protección de datos personales.

Además, plantearon la necesidad de que la Suprema Corte convoque a los terceros perjudicados en este amparo en revisión, el cual fue interpuesto por un ciudadano al que la Cámara de Diputados le negó el acceso a las declaraciones patrimoniales de los 500 legisladores, para que expongan ‘‘lo que a su derecho convenga’’, lo que aplazaría varios meses la votación del asunto. La discusión del tema continuará mañana.