Al menos dos han sido asesinados: general Carlos Beltrán
Martes 9 de julio de 2013, p. 7
El alto mando del Ejército está preocupado por el impacto que han tenido las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordenaron a la procuraduría militar y a los juzgados castrenses enviar al fuero civil los asuntos de soldados acusados de cometer delitos en agravio de civiles, porque hay ‘‘indefiniciones’’ que afectan la disciplina, los derechos humanos y la integridad de los elementos sujetos a proceso.
El director general de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), general brigadier José Carlos Beltrán, sostiene lo anterior y hace un llamado al Poder Judicial a poner atención en la seguridad de los soldados encarcelados que están sujetos a proceso penal, porque al menos dos oficiales ya fueron asesinados en prisión, sin que les fuera dictada sentencia.
En entrevista con La Jornada, el militar explica que hasta la fecha la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM), en cumplimiento de la sentencia del caso Rosendo Radilla, ha declinado competencia en más de 250 averiguaciones previas y los juzgados catrenses han enviado 130 asuntos a los juzgados civiles.
Precisa que, a diferencia de la administración anterior, la Sedena ha implementado acciones efectivas para disminuir las quejas y recomendaciones relacionadas con la violación a derechos humanos, lo cual ya se tradujo en que a seis meses de que el general de división Salvador Cienfuegos asumió coo secretario, las quejas y recomendaciones de la Comisión Nacional de los derechos Humanos (CNDH) al instituto armado se redujeron en 50 por ciento.
El general Beltrán explica que el éxito se basa en ‘‘el aspecto operativo con acciones más pulcras y con mejor uso de inteligencia, con información, coordinación y objetivos precisos de actuación. También va implícito, añade, ‘‘que tenemos que informar y sensibilizar en materia de derechos humanos a nuestras tropas a todos los niveles, y eso se logra con una capacitación más eficaz’’.
En esta administración ‘‘damos mayor atención a la víctima y no esperamos la recomendación de la CNDH para tomar acciones; sabemos que hay una responsabilidad y una nueva política; la nueva directiva es atender de inmediato a esa víctima, prestarle el apoyo sicológico y médico y asumir nuestra responsabilidad’’, subraya.
‘‘La atención médica y el pago por indemnización lo hacemos con presupuesto propio, pero más que darle una atención a la víctima, se trata de tomar acciones preventivas para no incurrir en violaciones a derechos humanos con esta capacitación, y sensibilizar a los mandos a través de pláticas, páneles y directivas del alto mando para que las tropas ajusten sus operaciones estrictamente a derecho.
Matiza que si bien las quejas las genera la actuación de la tropa, particularmente en apoyo a la seguridad pública, lo cierto es que muchas veces los derechos humanos son utilizados ‘‘como estrategia de defensa de algunas personas que son detenidas en flagrancia’’.
Respecto de los criterios establecidos a partir de la resolución de la CIDH y de la SCJN por el caso Rosendo Radilla, en el sentido de que los militares que cometan violaciones a los derechos humanos de civiles serán juzgados por la justicia común, el general Beltrán llama la atención en el sentido de que los ministros de la Corte dejaron lagunas jurídicas que aún no han sido resueltas y que repercuten contra los derechos humanos de los propios militares y de sus familias.
Pone de ejemplo el caso de los militares que son procesados por un delito grave, y que pese a que no han sido sentenciados son recluidos en penales federales, con el riesgo que ello implica para su integridad física. Precisamente, cuando la Corte fijó criterios en materia de fuero de guerra, el asunto relativo al lugar de reclusión de militares acusados de delitos comunes no fue resuelto por los ministros.
‘‘No se pide un trato privilegiado, porque no se trata de tener canonjías especiales, pero los militares tienen derechos humanos y se debe garantizar su integridad física, porque no por el hecho de que estén enfrentando un proceso deben ser condenados a la muerte por los propios internos. Sabemos las deficiencias del sistema penitenciario, que no garantiza seguridad a personal militar, pero además, el objeto del sistema penitenciario militar tiene por objeto que después de pugnar una pena el militar se reinserte nuevamente a sus actividades’’.
–¿En qué casos?
–Aquellos en los que la pena no sea la destitución del empleo. El proceso no es sentencia y todo juicio es incierto, aunque la pena sea la destitución; quizás ese militar procesado salga absuelto, no podemos prejuzgarlo.
‘‘Hay un principio de inocencia, entonces es incierta su situación y por eso debe garantizarse su seguridad y llevar a militares o ex militares a prisiones federales, pero ya sentenciados.’’