Solicitud al titular del INM
McDonald’s frente a la Profeco
Compromiso de la CFE
El SAT, achichincle de los dueños
o tengo la mínima pretensión de que esta columneta sea leída en las altas esferas de la administración pública. Por esta razón les comunico que decidí solicitar una entrevista con el señor director del Instituto Nacional de Migración (INM) con el objeto de mostrarle mis opiniones y conocer sus puntos de vista sobre lo aquí publicado, y que tan directamente atañe al importante organismo bajo su dirección. El de réplica es un derecho por el que he peleado toda la vida: comprometido estoy, entonces, a respetarlo. Don Ardelio Vargas Fosado, si quiere, si quiere insisto, tiene la columneta a su disposición, de manera honorífica, por supuesto, para explicar a los lectores de La Jornada el porqué conserva vigente el ridículo, ilegal, discriminatorio cuestionario que deben contestar los solicitantes de empleo. Reconozco y asumo que darle la palabra no es una concesión sino, repito: su derecho y mi obligación. Don Ardelio Vargas Fosado: esta columneta se constituye en su altoparlante, veraz y honorífico. Informaré puntualmente a ustedes de cuanto me sea dicho, si algo me dicen.
A la hora de escribir estos renglones leo en el periódico una noticia y me llega un correo electrónico de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Convencido de que una y otro, algo aportan al asunto a que me he venido refiriendo, transcribo las partes conducentes. Veamos dos actitudes totalmente opuestas. La información suscrita por el reportero de esta casa Julio Reyna Quiroz nos dice que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impuso una multa de 684 mil 584 pesos a la productora internacional de comida chatarra McDonald’s por incurrir en publicidad engañosa: “tras de conocerse la resolución, MacDonald’s México aseguró que la Profeco falta a la ley cuando difunde los nombres de las empresas que están inmersas en procesos abiertos, pues esa es información confidencial”. La hamburguesería termina reclamando: “Mientras no haya una resolución final, esta información no debe ser divulgada” (el subrayado cárguelo a mi cuenta). Si, de acuerdo con la normativa, una autoridad competente multa a un infractor, ¿no puede hacer pública esta acción hasta que se agote un proceso legal y surja una sentencia inapelable? ¿Es, en cambio, totalmente válido que la sola denuncia de un prestador de servicios o vendedor de bienes, sin mediar mayores pruebas que su dicho, y sin dar al acusado el elemental derecho a ser oído y exponer sus razones, desate contra cualquier ciudadano una campaña difamatoria urbi et orbi?
Como que la confidencialidad y la protección de datos personales no son tratadas con el mismo rasero si eres empresa o consumidor, si compras o vendes, si eres el amplio capital o el modestísimo cliente.
El correo electrónico es la factura de la energía eléctrica consumida en mi casa el bimestre pasado. La Comisión Federal de Electricidad afirma ser la empresa paraestatal, encargada de controlar, generar, transmitir y comercializar energía eléctrica en todo el territorio nacional
. En la parte inferior del recibo viene impresa la siguiente leyenda: Con fundamento en los artículos 18, 20, 21 y 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Artículos 37 y 40 de su reglamento, así como los lineamientos de la Protección de Datos Personales expedidos por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos; los Datos Personales contenidos en el presente documento están protegidos, por tanto, sólo podrán ser usados para los fines por los cuales fueron entregados, cualquier uso deberá ser autorizado por el titular de los mismos
. (Sintaxis, puntuación, y obsesión por las mayúsculas son prerrogativas de la CFE.) Me resulta satisfactorio que una dependencia gubernamental que atiende a la mayoría de los mexicanos (por hoy no entro en la polémica de qué tan bien o qué tan mal) cumpla con las disposiciones legales y, sin ser su obligación, recuerde a los usuarios sus derechos y les reitere su decisión de respetarlos.
Todo lo contrario acontece con el terrorífico Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda, responsable de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria
. En todo este farragoso enunciado no vi (a lo peor se me escapó) ninguna disposición que obligue al SAT a coadyuvar en las tareas de divulgación de los problemas crediticios por los que pasan millones de mexicanos que constituyen la inmensa jodencia del país. (Parece que el Inegi dice que son como muchos.) ¡Cuidado! ¡Exhíbanlo, no le presten, no le fíen, no le den empleo! ¡Ya lleva seis meses sin pagar el Impuesto sobre la Renta! Y el círculo se cierra: el SAT, soplonamente, le susurra a los socios de las catedrales de la difamación, y no pocas veces de la calumnia –que son los buroes (recuerdos, don Julio Alemán)–, los nombres de los réprobos y éstos, elaboran las listas negras de mexicanos incumplidos, irresponsables, es decir, deudores irredimibles. Sí, irremediablemente irredimibles, porque, ¿cómo podrán saldar sus deudas si, por malas pagas
, se les cancelan todas sus posibilidades de trabajo? Estos sí son círculos tan viciosos, que ni el doctor Joaquín Archivaldo Guzmán Loera se atrevería a tratar de superarlos.
Me comentaba ayer el joven y docto abogado fiscalista Raúl Iván Martínez González que cuando un adeudo fiscal queda firme, el Código Fiscal de la Federación faculta al SAT a proporcionar a los negocios, a éstos, los que lucran con la insolvencia de sus ...iba a decir semejantes, pero nomás faltaba que, además de endrogados y desempleados los hiciera yo semejantes de sus persecutores. Lo intento de otra manera: el precepto del código citado, es el marco legal de la diligente labor informativa con la que el Servicio de Administración Tributaria contribuye al abatimiento del desempleo. (Y eso que el 3 de diciembre de 1999 se decretó la desaparición de la Unidad de Comunicación Social del organismo, que si no, ¡quién se la acaba!) Pero en todo caso: si la divulgación de esos datos personalísimos es considerada una excepción a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, yo no he formulado ninguna acusación de ilegalidad, pero sí de torpeza, incongruencia y, ya entrados en gastos, de mala leche. Si un(a) cuate(a) me debe dinero, yo no gano nada con que lo encierren a cadena perpetua o que muera de inanición. Me conviene que trabaje, se saque la lotería o se haga yerno o nuera del mejor presidente de México (que, lo que son las cosas, por primera vez asumió el hecho de que de acuerdo con la Constitución, el Poder Ejecutivo reside en una sola persona, pues según recuerdo, durante años Los Pinos fueron habitados por una pareja presidencial
).
Lo importante es que un deudor salga de la insolvencia y cumpla sus obligaciones. Impedirle que perciba ingresos es, diría la abuela: a tu burro darle palos. Si debes una estufa, que no te fíen un refrigerador; si adeudas el viaje de bodas de hace dos años, es demasiado pedir que te presten para llevar a Disney a tu hijita (que acaba de cumplir cinco); si estás en mora con la hipoteca de tu casita de interés social (65 metros cuadrados) donde se hacinan tu mujer, los chilpayates (cinco) y tu suegra, no te mides solicitando otro préstamo para el depa que le ofreciste a la ricura que te da tus clases privadas de inglés en el Coronet Hall. No se trata de promover la cultura del no pago
, sino de privilegiar la racionalidad y, por supuesto, la solidaridad, a la hora de gobernar, de administrar la cosa pública. Iba a referirme al derecho al trabajo
elevado a rango constitucional durante la 50 Legislatura, pero por hoy prefiero terminar afirmando: es mi personalísima convicción que: A) el SAT, demerita, vulnera, rebaja su rango de organismo fundamental de la administración pública (que, entre otras cosas nosotros, el pueblo llano, muchas veces desempleado, mantenemos) y se convierte en achichincle de los dueños
; B) mal, muy mal del INM, que supedite una contratación, de alguien que puede ser un buen funcionario público, a que éste le deba a Santander, Sears o al SAT, y C) pésimo, que un negocio particular, impunemente, medre con las carencias, limitaciones y dificultades de la gente. ¿Qué complicidades le dan una autoridad que no se sustenta en ningún mandato o voluntad popular?
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