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Admite SCJN amparos de tres presuntos narcotraficantes
 
Periódico La Jornada
Jueves 29 de agosto de 2013, p. 18

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite los amparos presentados por Martín Beltrán Coronel El Águila (presunto sucesor del narcotraficante Ignacio Nacho Coronel) Édgar Filemón Corrales Gaxiola y Juan Francisco López Coronado, quienes pretenden obtener su libertad por presuntas violaciones constitucionales ocurridas durante la captura.

Los quejosos argumentan que su detención, a manos de elementos del Ejército, en mayo de 2011, en un fraccionamiento ubicado en Zapopan, Jalisco, fue ilegal.

De acuerdo con la Secretaría de la Defensa Nacional, Beltrán mantenía subordinados al cártel de Jalisco nueva generación y a La resistencia, que tenían sus operaciones en aquel entonces en los estados de Jalisco y Colima.Corrales Gaxiola y López Coronado eran sus lugartenienes.

Los tres impugnan la sentencia del 19 de marzo de 2013, dictada por el cuarto tribunal unitario del tercer circuito por diversos delitos relacionados con el tráfico de drogas y posesión de armas de uso exclusivo del Ejército.

Consignación fue ilegal, dicen

Los acusados invocan en su favor la reforma constitucional en materia de derechos humanos y la desestimación de pruebas presentada por la defensa, ya que no fue tomado en cuenta por el tribunal lo establecido en el artículo 287, último párrafo del Código de Procedimientos Penales Federales, que dice:

No podrá consignarse a ninguna persona si existe como única prueba la confesión. La Policía Judicial podrá rendir informes pero no obtener confesiones; si lo hace, éstas carecerán de todo valor probatorio. Las diligencias practicadas por agentes de la Policía Judicial Federal o local, tendrán valor de testimonios que deberán complementarse con otras diligencias de prueba que practique el Ministerio Público.

Falta fijar criterios: Corte

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que los asuntos son de importancia y trascendencia para fijar criterios en la aplicación de casos futuros, en relación con la intromisión de domicilios y la desestimación de pruebas en atención al principio de mayor beneficio posible para quienes están sujetos a proceso penal, y turnó los asuntos a la primera sala para su resolución.