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Publicaron fotos de la actriz con el torso desnudo sin su consentimiento

María Teresa Alessandri González presenta amparo contra dos revistas
 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de septiembre de 2013, p. 9

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) conocerá el amparo presentado por la actriz María Teresa Alessandri González en contra de dos revistas que publicaron, sin su consentimiento, fotografías suyas en las que aparecía con el torso desnudo.

Los ministros ejercieron ayer su facultad de atracción para conocer este asunto por considerar que reviste importancia y trascendencia, al haber una posible colisión dos derechos humanos fundamentales: el derecho a la propia imagen y el derecho a la libertad de expresión.

La quejosa, quien apareció en una revista con la imagen difuminada en mayo de 2011 y en la otra publicación un mes después con su foto sin difuminar, alega que se violó en su contra un derecho personalísimo relacionado con la vida privada, que la protege para decidir en qué casos, y bajo qué circunstancias su imagen puede ser utilizada por terceras personas.

Por su parte, las revistas acusadas señalan que la publicación se basa en el derecho a la información, toda vez que las fotos fueron tomadas en un lugar público.

Los ministros consideraron que el caso tiene relevancia jurídica, porque podrán determinar si la afectación que se puede generar por el uso indebido de una fotografía de una persona se da o no única e indefectiblemente a escala comercial; si es necesario el registro de la propia imagen para ejercer alguna acción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI); además de fijar criterios en torno a las similitudes, diferencias e interrelación del derecho a la propia imagen y la protección al retrato en la Ley Federal de Derechos de Autor.

En primera instancia, un juzgado condenó a la empresa que edita ambas revistas en que se publicaron las fotos a la reparación de daño moral y material; en apelación, un tribunal absolvió a ésta, con el argumento de que era necesaria una declaración previa del IMPI para la procedencia de la acción.

Inconforme, la quejosa que demanda una indemnización de alrededor de 500 mil pesos así como el retiro y destrucción de los ejemplares en los que aparecieron fotos suyas sin su consentimiento, promovió el amparo que resolverá la Suprema Corte.