Anula disposiciones sobre narcomenudeo aprobadas en Coahuila
Viernes 1º de noviembre de 2013, p. 32
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó varios artículos del Código Penal de Colima que tipifican como graves los delitos de trata de personas, secuestro y secuestro exprés, por considerar que se trata de ilícitos del fuero federal y, por tanto, corresponde al Congreso de la Unión legislar al respecto.
Los ministros precisaron que si bien los artículos 10, 161, 199 y 199 bis son inconstitucionales y están viciados de origen, los procesos que se hayan iniciado después de la reforma penal (2012) deberán reponerse para aplicar la ley general vigente al momento en que se cometieron los delitos.
Con esta decisión los ministros impiden que los acusados aleguen que se les procesa con base en normas ilegítimas, lo cual les habría permitido quedar libres.
Previamente, los ministros ratificaron que sólo el Congreso federal puede aprobar leyes sobre narcomenudeo, al invalidar diversos artículos del Código Penal y de la Ley de Salud de Coahuila. En este caso también se aplicará a los acusados la reposición del procedimiento para aplicar las normas vigentes hasta antes de la reforma.