Se dice que daría la razón a la PGR
Lunes 4 de noviembre de 2013, p. 5
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará nuevamente el caso Rafael Caro Quintero; esta vez el proyecto de dictamen propone dar la razón a la Procuraduría General de la República (PGR) en razón de que el asesinato del agente de la agencia antidrogas estadunidense (DEA, por sus siglas en inglés) Enrique Camarena Salazar y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar fue un delito federal y por tanto el narcotraficante no debió ser dejado en libertad por un tribunal de circuito.
El 28 de marzo de 2012, la primera sala rechazó (por cuatro votos contra uno) ejercer su facultad de atracción para conocer la solicitud de amparo que presentó Caro Quintero contra la sentencia de 40 años de prisión.
El documento actual, elaborado por el ministro Arturo Zaldívar –que será discutido el próximo miércoles–, propone revocar el amparo que liberó al narcotraficante de prisión, el cual le fue concedido por un tribunal colegiado con el argumento de que los homicidios del ex agente de la DEA y Zavala Avelar eran del fuero común y que procedía dejarlos en libertad al haber sido juzgados por la justicia federal cuando el proceso debió haber sido llevado por el fuero común.
Propone que una vez establecido que el asunto era de índole federal, el recurso de revisión presentado por la PGR y por Enrique Camarena y Geneva Alvarado Camarena (en calidad de terceros perjudicados) sea regresado a un tribunal colegiado para que emita una nueva resolución sobre el narcotraficante, quien cumplió 28 de 30 años de prisión a los que fue sentenciado. Caro salió de la prisión en septiembre pasado.
Trascendió que los otros ministros que integran la primera sala –Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Jorge Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena– no han definido aún su posición con respecto al proyecto de Zaldívar.
Fuentes judiciales comentaron que aún no determinan si el recurso presentado por la PGR y los familiares del agente estadunidense son procedentes, en razón de que para algunos el asunto es ‘‘cosa juzgada’’ y que, a pesar de la presión de la PGR para que los ministros revoquen la libertad de Caro, la Corte ya no puede intervenir en el asunto.
En 2012, la primera sala rechazó atraer la solicitud de amparo de Caro Quintero. En aquel entonces, el tema central de la demanda era que la Corte estableciera criterios sobre la competencia de los tribunales federales en el caso del secuestro y homicidio de un agente de la DEA en territorio mexicano.
José Ramón Cossío, único que votó en contra, destacó la importancia de que la Corte revisara que la víctima del homicidio se encontraba adscrito al consulado de Estados Unidos en Guadalajara como agente de la DEA, con pasaporte e identificación expedidos por la Secretaría de Relaciones Exteriores de México.