Acusan al gobierno militar de crímenes de lesa humanidad
Martes 7 de enero de 2014, p. 16
Londres, 6 de enero.
Los abogados del derrocado presidente egipcio Mohamed Mursi interpusieron una demanda ante la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya en la que acusaron al ejército que lo destituyó de crímenes de lesa humanidad, anunció hoy el equipo de juristas en conferencia de prensa en esta capital.
Los abogados alegaron que el derrocamiento de Mursi en julio de 2003 no fue otra cosa que un golpe de Estado.
Mursi se encuentra en prisión preventiva desde su destitución. Los abogados señalaron que el régimen militar actual ha matado al menos a mil 120 personas desde la caída de Mursi.
El régimen militar empleó violencia extrema contra civiles
, señaló Tayab Alí, quien dirige el equipo de abogados, que documentó numerosos ejemplos de asesinatos, torturas y detenciones ilegales.
Entre las pruebas hay testimonios de policías e imágenes de soldados y francotiradores disparando contra multitudes.
Según Alí, no pueden aportar el nombre de testigos e investigadores por miedo a represalias. Los abogados aseguraron que el régimen sigue cometiendo crímenes.
La CPI tiene una enorme responsabilidad para frenar el derramamiento de sangre en Egipto y llevar ante la justicia a quienes cometieron actos criminales
, añadió.
El equipo de juristas fue contratado, según sus datos, por miembros del Consejo de la Shura, la cámara alta del Parlamento Egipcio, y por el partido islamita Libertad y Justicia, brazo político de la Hermandad Musulmana, que primero fue proscrita y después declarada organización terrorista
.
Alí señaló que su trabajo es financiado por un grupo de víctimas. Entre los abogados figuran el ex enviado especial de la comisión de Naciones Unidas para los Derechos Humanos John Dugard, así como Ken Macdonald, ex director de la fiscalía general británica.
Egipto no ha firmado el Estatuto de Roma, por lo que no es parte de la CPI y no cae en su jurisdicción. Sin embargo, la corte internacional permite que el gobierno de un país no firmante acepte la jurisdicción a través de una declaración y permita la investigación de crímenes cometidos en ese país o por un ciudadano de esa nación.