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Resolvió que usuarios sí pueden impugnar actos de la paraestatal; pone fin a años de reclamos

Legisladores celebran fallo de la Corte contra la CFE
 
Periódico La Jornada
Viernes 31 de enero de 2014, p. 38

Diputados locales del Partido de la Revolución Democrática (PRD) se congratularon por el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de que los usuarios de ese servicio sí podrán impugnar actos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como visitas de verificación, por medio del juicio contencioso administrativo.

Los diputados Esthela Damián, Efraín Morales y Daniel Ordóñez aseguraron que esta resolución provocará una avalancha de demandas ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, instancia encargada de tramitar el juicio que un usuario promovió para impugnar una visita de verificación de la CFE, con la finalidad de detectar si existían diferencias entre el consumo que registró un medidor y el consumo real.

Los legisladores destacaron que la SCJN, al concluir que la CFE actúa como autoridad, puso fin a tres años de reclamos de miles de usuarios, que inútilmente recurrieron a la Procuraduría Federal del Cosnumidor o a demandas civiles para litigar, en un plano de igualdad, contra la paraestatal.

Explicaron que aunque la resolución se refiere únicamente al tema de las visitas de verificación de la CFE, litigios relacionados con los cortes de luz, requerimientos de pago y cobros excesivos podrían correr la misma suerte y ser impugnados.

A raíz de la desaparición de Luz y Fuerza del Centro, y al hacerse cargo del servicio la CFE, los capitalinos se vieron abrumados con notificaciones por presuntos adeudos de 5 mil y hasta más de 15 mil pesos, por el supuesto ajuste de tarifas, indicaron.

Expusieron que la Auditoría Superior de la Federación detectó en el resultado de la cuenta pública 2011 que cuatro de cada 10 recibos se expidieron mediante estimación; es decir, que se enviaron recibos con montos señalados de forma arbitraria, sin que se haya tomado la lectura del medidor.