Regulan la facultad del INE de atraer comicios locales
Viernes 11 de abril de 2014, p. 15
El primer proyecto de dictamen de la legislación secundaria de la reforma político-electoral consensado en el Senado es la ley general de instituciones y procedimientos electorales, en el cual se delimitan las atribuciones del nuevo órgano comicial.
A esa ley se traslada prácticamente el contenido del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que ha regido los procesos comiciales en el país desde 1990 y que será sustituido ahora por la nueva legislación secundaria.
Un capítulo nuevo es el relativo a la estructura del Instituto Nacional Electoral (INE) y de forma medular la instrumentación de la facultad de atracción de elecciones locales de ese organismo.
La reforma constitucional facultó al INE para organizar alguna elección local. Ello se reglamenta en el título quinto, De las atribuciones especiales del Instituto Nacional Electoral, capítulo primero
.
Se señala que en caso de atracción total o parcial, la secretaría ejecutiva someterá al Consejo General del INE el acuerdo para que asuma directamente funciones que corresponden a organismos locales cuando exista petición fundada y motivada ante el instituto de al menos cuatro de sus consejeros electorales
o de la mayoría del consejo del órgano local.
Se establece asimismo que los casos de atracción total de la elección se resolverán mediante procedimientos especiales que deberá instaurar la secretaría ejecutiva del INE.
Por lo que toca a las credenciales para votar, se fija un régimen transitorio para que las micas expedidas por el desaparecido Instituto Federal Electoral (IFE) sigan vigentes.