Miércoles 9 de julio de 2014, p. 34
La prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Nayarit es inconstitucional, resolvió un juez federal con sede en esa entidad. El juzgado segundo de distrito mixto determinó que el artículo 135 del Código Civil para esa entidad, que sólo prevé la figura de matrimonio entre hombre y mujer, viola los artículos primero y cuarto de la Constitución y diversos tratados internacionales, porque transgrede el principio de igualdad de las personas ante la ley e incurre en discriminación por razón de sexo. No obstante esta resolución, dicho artículo del Código Civil continuará vigente, ya que este amparo sólo beneficiará a las personas que lo solicitaron. Para que el artículo 135 del Código Civil sea declarado inconstitucional con efectos generales es indispensable que el Poder Judicial Federal emita jurisprudencia, lo que requiere que se tramiten varios amparos contra el mismo ordenamiento.