No se violó la equidad tributaria, sostiene Luna Ramos
Desechados, los recursos de inconstitucionalidad de legisladores
Viernes 22 de agosto de 2014, p. 9
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la homologación del impuesto al valor agregado (IVA) en el país y el incremento de 11 a 16 por ciento en las zonas fronterizas.
Con el voto en contra del ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, el pleno desechó las acciones de inconstitucionalidad contra varios artículos de la reforma fiscal presentadas por diputados y senadores de oposición.
En la sesión de ayer, los ministros ratificaron la generalización del IVA a escala nacional.
Al explicar las razones de su voto en favor del proyecto elaborado por Sergio Valls Hernández –quien no asistió a la sesión porque convalece de una enfermedad–, Margarita Luna Ramos justificó la forma cómo la SCJN validó en su momento las reformas fiscales de 1975, que creó el IVA con tasa diferenciada de 6 y 10 por ciento en zonas fronterizas; 1991, cuando dicho impuesto se generalizó a 10 por ciento; 1995, cuando se estableció la tasa diferenciada de 10 y 15 por ciento, respectivamente, y la más reciente, en la que se aprobó una tasa de 16 por ciento para todo el país.
Argumentó que en cada ocasión el pleno determinó que el pago del IVA, en sus diferentes modalidades, no violó la equidad tributaria, porque hubo trato igual a los iguales, y trato desigual a los desiguales
. Además, dijo, cuando se redujo la tasa del impuesto en la frontera se trató de una medida extrafiscal y de política económica que se justificó en su momento.
Al igual que la mayoría de ministros, consideró que no hacía falta analizar la razonabilidad
de los legisladores al homologar el impuesto y que, en todo caso, dicho análisis tenía que ser laxo
para no cuestionar la libre configuración
a que tienen derecho al aprobar impuestos.
Cuestiona la decisión el ministro Pérez Dayán
Pérez Dayán sdeñaló: Hoy no sé si realmente las razones que tuvo esta SCJN para resolver, en cierto momento, junto con el Ejecutivo y el Legislativo, la equidad de aquel tributo, hayan cambiado como para justificar un trato diferenciado
, y criticó a sus compañeros al señalar que el asunto resuelto por la Corte va mucho más allá que el resumen de tesis, que parecieran indicarnos que entonces fueron los fines extrafiscales los que motivaron y aceptaron la violación al principio de equidad
.
En la sesión del martes pasado, Pérez Dayán hizo un llamado al pleno a discutir las razones por las cuales la SCJN había validado, en su momento, tanto la constitucionalidad de la homologación como de la tarifa diferenciada en el pago del IVA.
Comentó que cuando una norma tributaria es de primera creación
, no siempre procede que la SCJN analice su constitucionalidad, pero cuando hay una primera (ley) y ésta genera un régimen jurídico especial para toda la República, y hay un cambio (como homologar el IVA), existe una modificación sustancial. Si luego hay un cuestionamiento mediante una acción de inconstitucionalidad, lo que puede hacer y lo que debe hacer la SCJN es evaluar esas razones sobre la base de lo primeramente dicho
.
Una vez resuelto el tema del IVA, el pleno iniciará el lunes la discusión sobre la constitucionalidad del régimen de pequeños contribuyentes, aprobado en la reciente reforma fiscal y, posteriormente, el cobro de impuestos a los depósitos en efectivo.
Lamenta el PAN el fallo
El coordinador del PAN en la Cámara de Diputados, José Isabel Trejo, lamentó el fallo de la SCJN, que declaró inválido el recurso de inconstitucionalidad promovido por ese partido contra la homologación del IVA en las zonas fronterizas.
El recurso fue presentado por legisladores panistas a raíz de la inconformidad ciudadana, expuso Trejo, al observar el encarecimiento de las actividades productivas en las zonas fronterizas. Es una defensa jurídica que busca beneficios para la sociedad y haremos todo lo que esté en nuestras manos para seguir apoyando mejoras a la economía de esos mexicanos que han visto disminuida su calidad de vida
.
Con información de Roberto Garduño