Sociedad y Justicia
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Elevado costo de medicamentos huérfanos para enfermedades raras

Falla la Corte contra el IMSS y comisión de la Ssa por no suministrar un fármaco
 
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de septiembre de 2014, p. 44

“La prescripción y suministro de medicamentos huérfanos a los pacientes que sufran enfermedades raras, que llegan a costar miles e incluso millones de pesos, corresponde a la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud.

Dicho organismo tiene la facultad de determinar si incluye esos fármacos en el cuadro básico respectivo para que se puedan suministrar en los hospitales del sector público.

Así lo establece el proyecto de dictamen elaborado por el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Luis María Aguilar en el amparo en revisión 350/2014, que servirá de base para que la segunda sala resuelva 14 recursos en los que se cuestiona que las autoridades del sector público del país, entre éstas el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se nieguen a suministrar el medicamento Soliris Eculizumab para atender la enfermedad denominada hemoglobina paroxística nocturna (HPN), con el argumento de que su costo es excesivo y rebasa la capacidad económica del sector salud.

El documento, que se discutirá en la sesión de hoy de la segunda sala de la SCJN, propone también negar el amparo a la quejosa que reclama le sea suministrado el citado fármaco huérfano, por considerar que el dictamen pericial en medicina que presentó no puede ser definitivo para determinar la eficiencia, seguridad y conveniencia del producto solicitado.

El amparo es contra el IMSS y la Comisión Interinstitucional de la Secretaría de Salud (Ssa), por la omisión de ser atendida de la enfermedad que padece (HPN) con el medicamente necesario Soliris Eculizumab y por no incluirlo en el cuadro básico de insumos del sector salud.

El dictamen de Aguilar Morales rechaza el amparo, al considerar que si bien el artículo cuarto constitucional reconoce que el derecho a la salud es de primordial importancia, porque es inherente al ser humano, a su esencia como organismo bio-sicosocial y representa el origen de la dignidad humana, es en la ley respectiva en la que se definirán las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, y que por ello se creó el Sistema Nacional de Salud, del cual forma parte el IMSS.

Agrega que el cuadro básico y el catálogo de insumos del sector salud “constituyen un documento de relevancia en materia de salubridad general, porque en éstos el Estado garantiza que los medicamentos necesarios para atender las enfermedades de la población sean seguros, eficientes y eficaces. Así, dichas autoridades son las encargadas de definir cuáles fármacos cumplen con esos requisitos, y no la opinión de uno o dos peritos médicos.

Por otra parte, el proyecto concede el amparo para efecto de que el director del Hospital General de Zona Número Uno de Oaxaca solicite a la Comisión Interinstitucional que analice si actualiza el cuadro básico e incluye Soliris Eculizumab.

La HPN es una enfermedad poco frecuente; afecta a los dos sexos y aparece a cualquier edad, aunque es más frecuente en adultos del sexo femenino; se caracteriza por provocar anemia hemolítica crónica intravascular, hemoglobinuria, hipercoagulabilidad, citopenia debido al fallo de médula ósea y trombosis. Por sus características puede provocar la muerte del enfermo de manera intempestiva.