Aprueba el Congreso reducirles jubilaciones a 50% del salario
Miércoles 15 de octubre de 2014, p. 37
Ciudad Juárez, Chih., 14 de octubre.
El Congreso local aprobó por unanimidad reformas a la Ley del Poder Judicial del Estado de Chihuahua para limitar a un periodo único de 15 años la gestión de los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia (STJ).
Las modificaciones obligan a los magistrados a jubilarse al concluir sus periodos. Asimismo, estipula que deberán elegirse sustitutos entre ternas que evaluarán los tres órdenes de gobierno.
Los magistrados recibirán una pensión equivalente a 50 por ciento de sus percepciones, no al total, como hasta ahora.
En la sesión participaron 29 de los 33 legisladores, algunos de los cuales destacaron que la reforma busca dar garantía de independencia al Poder Judicial y que los magistrados no generen intereses para seguir en funciones.
La reforma también dota de competencia al Poder Judicial en materias contenciosas administrativa y fiscal para dirimir conflictos y controversias entre los gobiernos estatal y municipales.
Otra modificación permite a abogados ajenos al Poder Judicial contender por ocupar una magistratura (antes era requisito ser funcionario).
En lo que respecta a la configuración plenaria del Poder Judicial, la nueva Ley Orgánica estipula que tendrá al menos 20 y a lo sumo 30 magistrados.
El objeto de limitar el nombramiento de los magistrados es que la actuación de los funcionarios no esté sujeta a un periodo de revisión, lo que constituye un riesgo para la libre determinación judicial, afirma la iniciativa de ley aprobada este martes.
Esta medida evitará que los juzgadores, en aras de lograr su ratificación, sujeten su actuación a influencias externas de aquellos de quienes depende su inamovilidad
, se acotó en la iniciativa.
La modificación incluye una adición al artículo 99 de la Constitución de Chihuahua para atribuir al Poder Judicial la facultad de aplicar la justicia alternativa, lo que implica buscar la solución pacífica de conflictos sin recurrir a la jurisdicción ordinaria.