Resolverá amparo de veracruzana que está en libertad condicional
criminalizaciónde quienes abortan
Viernes 24 de octubre de 2014, p. 44
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reasumió su competencia para resolver un amparo en el que se demanda respeto a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer en caso de aborto. A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, por primera vez se analizará la criminalización
de quienes interrumpen el embarazo.
La demanda, presentada por una mujer de 20 años contra diversos artículos del Código Penal del estado de Veracruz, señala que las normas impugnadas –que además de la cárcel contemplan la obligación de la acusada de recibir medidas educativas y de salud
– violan sus derechos sexuales y reproductivos.
En el caso concreto, los ministros analizarán el amparo de dicha mujer, quien fue procesada e internada en prisión; ahora se encuentra en libertad bajo fianza acusada de haber violado el Código Penal de Veracruz, el cual señala en su artículo 150 que a la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto se le sancionará con tratamiento en libertad, consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud
.
La demandante argumenta que dichas disposiciones son inconstitucionales, porque la obligan a recibir terapia de enseñanza y siquiátrica. El Estado lleva a cabo un adoctrinamiento de valores que se traduce en que la mujer no puede disponer de su cuerpo ni de su forma de pensar
, sostiene.
Además, señala, la autoridad es la que determina cuándo, después del tratamiento, ya se considera normal
a la afectada, lo cual viola sus derechos sexuales y reproductivos.
Hasta la fecha, la SCJN únicamente ha discutido en abstracto sobre leyes relacionadas con aborto, pero nunca han estado en el centro del debate los derechos sexuales y reproductivos del sector femenino en una demanda de amparo.
El 29 de enero de 2002, el pleno de ministros validó, por siete votos contra cuatro, la despenalización del aborto en el Distrito Federal hasta las 12 semanas de gestación, con el argumento de que los estados de la República tienen la facultad de castigar o no un ilícito. Sin embargo, recientemente la Corte apoyó la criminalización de la interrupción del embarazo en varias entidades del país, prácticamente con el mismo argumento de que los estados tienen libre configuración
para reducir o incrementar penas.
El 11 de octubre de 2013, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena hizo suya la petición de la quejosa para conocer el amparo que le fue negado en primera instancia por un juzgado de distrito, y el pasado martes la primera sala avaló por unanimidad la reasunción de competencia.