Comisiones de Derechos Humanos las impugnaron: asambleísta
Jueves 20 de noviembre de 2014, p. 38
El PRD en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) presentó una iniciativa de reformas a la recién promulgada Ley de Movilidad, que propone derogar las disposiciones que prohíben el uso de vialidades primarias de circulación continua para la realización de manifestaciones públicas, así como la obligación de dar aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) con por lo menos 48 horas previas a la realización de cualquier tipo de concentración.
Al presentar la iniciativa al pleno, el diputado Alberto Martínez Urincho explicó que la propuesta retoma los argumentos que expusieron las comisiones nacional (CNDH) y local (CDHDF) de Derechos Humanos al promover ambas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación acciones de inconstitucionalidad contra estas disposiciones, al considerarlas restrictivas más allá de lo que establece la Constitución, además de discriminatorias.
Esto último, al controvertir también los preceptos de la norma que establece condiciones para que la autoridad expida permisos o licencias de conducir a las personas con alguna discapacidad.
La iniciativa, aclaró el legislador, se limita a proponer la derogación de tres fracciones en igual número de artículos objetados por la CDHDF relacionados con el tema de la discapacidad, desde la definición misma de personas con movilidad limitada
, así como tres artículos relativos a las manifestaciones públicas controvertidos por la CNDH.
Esto, añadió, como una primera medida adoptada por esta Asamblea Legislativa para evitar la vulneración de derechos fundamentales y posteriormente hacer un trabajo intenso en las comisiones para superar las deficiencias y presentar nuevas construcciones normativas ajustadas al bloque de constitucionalidad
.
En el caso de los tres artículos que propone derogar –212, 213 y 214–, además del aviso anticipado, disponen que desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones u otras concentraciones podrán utilizar las vialidades salvo las primarias de circulación continua, excepto para cruzar de una vía a otra
o cuando sea la única ruta de acceso al punto de concentración, siempre y cuando sea de manera momentánea
y que la SSP tomará las medidas necesarias para evitar el bloqueo
de dichas vías primarias.