Cada institución tiene la facultad de decidir si los compra a sus derechohabientes
El Consejo de Salubridad General realiza estudios económicos para decidir inclusión
Lunes 15 de diciembre de 2014, p. 43
La llegada de nuevos medicamentos que ofrecen alta eficacia, pocos o nulos efectos adversos y están incluidos en el cuadro básico y catálogo de insumos del sector salud, no garantiza que estarán disponibles para los enfermos. Cada institución tiene la facultad de decidir si los compra para sus derechohabientes o afiliados, según sus necesidades y capacidad económica, afirmó Leobardo Ruiz, secretario del Consejo de Salubridad General (CSG).
Este organismo es el responsable de decidir la inclusión o exclusión de fármacos del cuadro básico del sector salud en un proceso que tarda tres meses a partir de la fecha que recibe la solicitud de los laboratorios farmacéuticos. Para ello, explicó Ruiz, el comité de especialistas de las instituciones de salud y académicos realizan los análisis y los estudios económicos. Con base en ello, resuelven si conviene a los pacientes y a las mismas instituciones contar con uno u otro fármaco.
En entrevista, el secretario del CSG comentó que se revisan aspectos con base en las investigaciones clínicas, número de personas estudiadas, beneficios que ofrece el producto en términos de eficacia, calidad y seguridad, y si esto compensa o explica el costo económico que se debe pagar por su adquisición. Ruiz Pérez reconoció que la obligación del CSG es favorecer el mayor acceso a los tratamientos y que haya más alternativas para los enfermos.
En días recientes se ha planteado en diversos foros la importancia de asegurar el acceso a terapias innovadoras que ofrecen curar la hepatitis C a un precio de un millón de pesos por un tratamiento de 12 semanas.
Los expertos –integrantes de la Fundación Mexicana para la Salud Hepática (FundHepa), entre ellos David Kershenobich, director del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán– abogan por la disponibilidad de los nuevos fármacos con la premisa de que al curarse del virus, los afectados salvan sus vidas y dejan de ser transmisores de la infección.
Ruiz Pérez señaló que una vez que obtengan el registro sanitario de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), esos productos que erradican el virus de la Hepatitis C seguramente serán sometidos al escrutinio del CSG.
Aunque la información disponible es alentadora, porque se habla de curar la hepatitis C –no sólo de controlarla, como hasta ahora–, principalmente en enfermos que aún no presenten complicaciones graves, el consejo y las mismas instituciones de salud, principalmente los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y el Seguro Popular, que atienden a la mayoría de la población en México, tendrán que revisar y determinar si se justifica el costo elevado que tienen.
Aun cuando el CSG aprobara su inclusión en el cuadro básico del sector, cada organismo sanitario tiene la facultad de decidir si lo compra para sus pacientes.
Este es un tema de discusión constante. Hace unos meses, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el IMSS debería evaluar la petición de un grupo de pacientes que solicitó acceso a un medicamento innovador para el tratamiento de la hemoglobinuria paroxística nocturna, enfermedad rara que afecta la médula ósea y destruye los glóbulos rojos. El producto forma parte del cuadro básico del sector salud.
Algunos laboratorios farmacéuticos reclaman, no abiertamente, que sus desarrollos no sean adquiridos por las instituciones públicas, aunque acuden a las sesiones de la comisión negociadora de precios de medicamentos innovadores.