Viernes 19 de diciembre de 2014, p. 33
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) aprobó las disposiciones que deberán cumplir los concesionarios, permisionarios y empresas autorizadas a ofrecer el servicio de telefonía fija y móvil, a fin de que a partir del primero de enero de 2015 dejen de cobrar las llamadas de larga distancia que sus clientes realicen a cualquier destino nacional.
Por el momento la población seguirá marcando igual que siempre y en un tiempo se emigrará a un sistema de 10 dígitos; los concesionarios tendrán que registrar sus tarifas ante el órgano regulador e informar a los usuarios sobre las modificaciones. Las tarifas no pueden ser reguladas por el Ifetel, así que las determinará la propia competencia.
El Ifetel señaló que a fin de garantizar indubitablemente que los usuarios se beneficien con la eliminación de cobros de larga distancia nacional a partir del primero de enero de 2015, las disposiciones establecen de manera expresa que a partir de dicha fecha todo el territorio nacional será considerado como una sola área de servicio local
, por lo que todas las llamadas tendrán que considerarse locales.
Impondrá tarifas a preponderante
Para asegurarse que las empresas no hagan cargos de larga distancia a los usuarios de telefonía, el órgano regulador estableció que las tarifas al usuario final con prefijo 045 serán las mismas tarifas que para las llamadas con prefijo 044. Del mismo modo, las tarifas al usuario para las llamadas con prefijo 01 y 02 deben ser las mismas que aquellas para llamadas que se marquen con siete, ocho o en su caso 10 dígitos directamente.
En cuanto a las tarifas estableció que independientemente del esquema de marcación que utilicen los usuarios, los concesionarios deberán aplicar la tarifa del servicio local que corresponda y sólo podrán registrar o mantener tarifas del servicio local, sin que estas medidas afecten las tarifas que registren o tengan registradas para el servicio de larga distancia internacional.
Los concesionarios pueden fijar las tarifas que quieran cobrar a sus clientes, el Ifetel no puede regularlas porque las determina el mercado. En el único caso en que el Ifetel sí puede intervenir para imponer tarifas es en el del agente económico preponderante, como están consideradas Teléfonos de México (Telmex), Teléfonos del Noreste (Telnor), Telcel y América Móvil, entre otras empresas que pertenecen al grupo de interés económico.
En las disposiciones aprobadas el Ifetel advierte que las empresas deberán notificar a sus usuarios de cualquier modificación a las condiciones en que hayan contratado el servicio, así como de la eliminación de los cobros por larga distancia.