Establece que tendrán derecho a aguinaldo, vales de fin de año y a seguridad social
El gobierno local publica los lineamientos para el programa de Estabilidad Laboral
Se busca que los empleados reciban un salario razonable que les aporte bienestar, argumenta en el texto
Sábado 3 de enero de 2015, p. 26
A fin de brindar seguridad en el trabajo y otorgar prestaciones sociales que mejoren la calidad de vida de los trabajadores, el Gobierno del Distrito Federal (GDF) publicó los lineamientos para el programa de Estabilidad Laboral, para los nombramientos por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinados.
En el tabulador de honorarios asimilables a salarios para 2015 se fija el más bajo en 2 mil 486 pesos al mes, es decir, 82.86 pesos al día, frente a los 2 mil 103 pesos (70.10 pesos diarios) que aprobó la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
En el documento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se asegura que con esto se pretende forjar auténticas condiciones de justicia laboral, al buscar de manera progresiva alcanzar, en la medida de la situación económica de la ciudad, que los trabajadores reciban un salario razonable que le aporte bienestar a él y a su familia
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En las disposiciones generales publicadas se precisa que el tiempo de contratación de los empleados será de un año, mediante nombramiento por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinados, que se cubren con el capítulo 1000 Servicios personales, con fuente de recursos fiscales
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Se explica que el objetivo de estos lineamientos es regular el procedimiento que se deberá seguir para la creación de plazas por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinados.
El salario de los trabajadores se les depositará en forma quincenal en una cuenta bancaria a su nombre. Mientras que las prestaciones a las que tendrán derecho son: aguinaldo y un estímulo de fin de año mediante vales de despensa.
Asimismo, tendrán acceso a la seguridad social a través de convenios celebrados y aprobados con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste).
Para cubrir la prestación de servicios médicos, el trabajador aportará lo equivalente a 3.7 por ciento y los órganos de administración pública, 8.80 por ciento, ambos del salario base de cotización del empleado.
Se aclara que estas plazas no son susceptibles de readscripción ni elegibles para procesos escalafonarios, su duración no excederá de un año calendario, no están sujetas a la autorización de pagos adicionales de guardias u horas extras.