Las disposiciones de Hacienda serán supervisadas por la CNBV
Sábado 10 de enero de 2015, p. 20
Los bancos que operan en el país deberán observar medidas prudenciales para proteger los intereses del público ahorrador y la solidez del sistema de pagos en caso de que afronten problemas de capitalización, liquidez o solvencia, según una disposición publicación este viernes por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en el Diario Oficial de la Federación.
Como parte de las disposiciones, que forman parte de la reforma financiera promovida por el gobierno, la SHCP determinó que los bancos múltiples deberán determinar anualmente si su capital neto resultaría suficiente para cubrir las pérdidas en que podrían incurrir en un escenario económico adverso y también estarán obligados a tomar medidas de protección en caso de que alguno de sus accionistas o cliente relevante afronte problemas de capitalización o liquidez.
Las medidas prudenciales deberán ser adoptadas bajo la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para garantizar la solidez de los bancos y los intereses de los ahorradores tanto en condiciones económicas previstas por autoridades y expertos, como en un eventual escenario de crisis.
Será la CNBV, el organismo supervisor del sistema, el que dará a conocer a los bancos las distintas condiciones o escenarios económicos para los que deberán estar preparados en cuanto a la solvencia de su capital, de acuerdo con la disposición publicada ayer por Hacienda.
En este sentido, los bancos múltiples deberán determinar anualmente si su capital neto resultaría suficiente para cubrir las pérdidas en que podrían incurrir bajo los escenarios planteados por la CNBV y si se mantendrían con el capital mínimo regulatorio requerido en caso de presentarse esas condiciones.
Otra parte de la disposición publicada ayer tiene que ver con los posibles efectos en la solidez de un banco en caso de que algunos de sus accionistas o clientes enfrente problemas de liquidez y ello pudiera afectar la solvencia de la institución.
La CNBV podrá ordenar a los bancos la implementación inmediata de medidas prudenciales adicionales y de planes de contingencia para procurar la solvencia, liquidez y estabilidad de la institiución cuando la autoridad tenga conocimiento de que las personas que tengan influencia significativa o ejerzan control sobre la institución, o aquellas con las que tengan vínculos de negocios, se encuentren sujetas a algún procedimiento por problemas de capitalización o liquidez, intervención, saneamiento, concurso mercantil, quiebra, disolución
o reciba apoyos gubernamentales por falta de liquidez o falta de solvencia.
Cuando se presente alguna de las condiciones descritas, los bancos están obligados a dar aviso inmediato a la CNBV, dice la disposición.