Fija criterios de disponibilidad del líquido en cuencas grandes
Sábado 28 de marzo de 2015, p. 31
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó ayer la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, en la cual se señalan las especificaciones y el método base para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales y del subsuelo, para su explotación, uso o aprovechamiento.
Es de observancia obligatoria para la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y los usuarios que realicen estudios para definir la disponibilidad anual de aguas del país, señala la edición matutina de ayer del Diario Oficial de la Federación.
La norma, que entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación, incluye el requerimiento técnico mínimo obligatorio y no excluye la aplicación adicional de métodos complementarios o alternos más complicados y precisos, en cuyo caso la Conagua revisará conjuntamente con los usuarios y determinará cuáles son los resultados que prevalecen.
El documento menciona que la disponibilidad en cuencas hidrológicas clasificadas como grandes se subdividirá en función de la problemática regional que enfrente su utilización, la importancia de sus afluentes, la localización de los diferentes usuarios e información hidrométrica y climatológica disponible.
La Conagua será responsable de coordinar la participación de los gobiernos estatales y municipales y demás entidades e instituciones relacionadas a la aplicación de la norma.
En tanto, la Semarnat, por conducto de la Conagua, vigilará el cumplimiento, y las violaciones serán sancionadas de acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Ley de Aguas Nacionales y demás disposiciones legales aplicables.