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Argumenta que no es competente y que el caso corresponde al TSJDF

Juez federal desecha demanda mercantil de Grupo MVS contra Carmen Aristegui

Si el proceso es admitido en tribunales, la comunicadora podrá inconformarse y exigir ser reinstalada

 
Periódico La Jornada
Miércoles 1º de abril de 2015, p. 11

El juez federal Rómulo Figueroa Salmorán, titular del juzgado décimo de distrito en materia civil, desechó este martes una demanda mercantil que presentó Grupo MVS el pasado 23 de marzo (una semana después de que la empresa anunció que daba por terminada la relación contractual con la periodista Carmen Aristegui), por considerar que no es competente para resolver la controversia y que, en todo caso, corresponde a un juez civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) conocer del asunto.

Según consta en registros del expediente 155/2015, la empresa Stereorey Digital y MVS Multivisión Digital aún cuentan con cinco días hábiles para inconformarse con la resolución del juez Figueroa, a fin de que sea un tribunal unitario de circuito, su superior jerárquico, el que determine en definitiva si efectivamente el Poder Judicial Federal carece de competencia para resolver el caso, por tratarse de un conflicto entre particulares.

A decir de funcionarios del juzgado décimo de distrito entrevistados por La Jornada, el juez Figueroa resolvió que el caso no es de carácter federal, pues aunque Grupo MVS es titular de una concesión federal, la demanda se refiere a una disputa contractual entre particulares.

A diferencia de lo que usualmente ocurre cuando una empresa del ramo de telecomunicaciones contrata los servicios de periodistas y los sujeta a contratos laborales (patrón-empleado), en el caso de Aristegui, MVS y la comunicadora acordaron firmar un pacto comisorio mercantil, que es regulado por el Código de Comercio.

Según el juez Figueroa, el contrato entre MVS y Aristegui es de naturaleza comercial y no tiene carácter estrictamente laboral, por lo que se trata de un acuerdo mercantil entre particulares, cuyas diferencias deben ser resueltas por los órganos jurisdiccionales civiles del fuero común en el Distrito Federal.

Si la demanda es admitida en su momento por un juez local del TSJDF, Aristegui será emplazada a contestar y tendrá derecho a presentar una contrademanda en la que podrá exigir alguna indemnización o recuperar el espacio que tenía en su noticiario radiofónico matutino.