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El secretariado del SNSP negó primero que hubiera datos

Informar sobre averiguaciones por casos de desaparecidos, ordena el Ifai
 
Periódico La Jornada
Domingo 26 de abril de 2015, p. 6

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) instruyó al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) dar a conocer cuántos de los casos inscritos en el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPDE) tienen averiguaciones previas en curso, acta circunstanciada o ninguna de las dos.

El pleno del Ifai respaldó el planteamiento presentado por la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, de que este tema interesa a las personas que tienen vínculo con las víctimas y, a la sociedad en general, conocer el papel que desempeña el Estado en las investigaciones de tales hechos.

También, qué es lo que hace en pro de la seguridad pública de cada uno de nosotros, de cada uno de nuestros familiares y de cada uno de los integrantes de la población mexicana.

El organismo respondió a la exigencia de un particular, quien presentó un recurso de revisión porque el SESNSP declaró la inexistencia de los datos y lo remitió a presentar su petición ante las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas.

El solicitante exhibió en su recurso la existencia de un comunicado emitido por la Secretaría de Gobernación y la PGR, titulado Personas no localizadas, en el cual se dio a conocer que en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia se conformaron grupos de trabajo para generar y actualizar la información que el secretariado solicita sobre investigaciones de desaparecidos.

Además, que entre las acciones realizadas por esos grupos se encuentran la actualización de las denuncias, averiguaciones previas, carpetas de investigación o actas circunstanciadas radicadas en las fiscalías y procuradurías estatales, así como el contacto con los familiares para actualizar la información sobre las denuncias de personas no localizadas, mediante llamadas telefónicas y visitas domiciliarias.

A su vez, el análisis realizado por el Ifai advirtió que, de conformidad con la Ley del RNPDE, toda autoridad administrativa o judicial que tenga conocimiento de una persona extraviada o reciba alguna denuncia sobre la desaparición de alguien deberá comunicarlo inmediatamente a esa instancia.