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El iceberg verde
S

oledad Loeza termina su última contribución (La insolencia del Partido Verde) con estas palabras: Por todo esto y mucho más, me sumo a los que han exigido la cancelación de su registro. A mi vez me sumo a la argumentación que ha hecho Soledad en su artículo, me sumo a los 140 mil personas que firmaron un documento demandado la pérdida del registro de esa aberración llamada por sus siglas PVEM; me sumo, asimismo, a los argumentos que ha plasmado Jesús Silva-Herzog en su artículo Verde que te detesto verde, y me sumo también al dictamen que en resumen Jorge Alcocer llamó partido canalla, refiriéndose al Partido Verde Ecologista de México.

Las palabras de Alcocer: A los fines de este artículo, como lo hago desde hace varios años, califico al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) de partido canalla, por ser una organización que, de manera grave, sistemática y reiterada, viola la ley, se burla de las instituciones y engaña a la sociedad. Alcocer aclara que ha tomado ese adjetivo de una tesis de Noam Chomsky, “que acuñó para analizar la conducta de Estados que se apartan del respeto al derecho internacional ( Estados canallas: el imperio de la fuerza en los asuntos mundiales, Paidós, 2001)”. El artículo de Alcocer fue incorporado por el senador panista Javier Corral en su página web personal.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) enumera las causas por las que un partido político puede perder su registro. En el ar­tículo 22, fracción 9, inciso E, se dice: Por incumplir de manera grave con las disposiciones contenidas en esta ley, y en el artículo 456, apartado 1, fracción A, inciso V, la ley señala en qué hipótesis el registro se pierde: En los casos de graves y reiteradas conductas violatorias de la Constitución y de esta Ley, especialmente en cuanto a sus obligaciones en materia de origen y destino de sus recursos, con la cancelación de su registro como partido político.

La Ley General de Partidos Políticos (LGPP) dispone en su artículo 94, apartado 1, fracción E), entre otras causas de pérdida de registro: Incumplir de manera grave y sistemática a juicio del Consejo General del Instituto o de los Organismos Públicos Locales, según sea el caso, las obligaciones que le señala la normatividad electoral.

Cientos de miles de ciudadanos indignados pensamos que la conducta canalla del PVEM configura plenamente las hipótesis contenidas en el artículo el artículo 456, apartado 1, fracción 9, inciso E, de la LGPP y en las demás disposiciones legales señaladas. Pero corresponde al INE y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación interpretar si la conducta canalla del PVEM se corresponde con las leyes de la materia.

Para llevar a cabo tal interpretación es preciso que se sienten los funcionarios competentes a la mesa, y se pongan a discutirlo a la luz pública. Pero esto no ha ocurrido, y crece la sospecha de que no ocurrirá. Si es así, ello sólo puede obedecer a dos motivos inmediatos: o bien ya cuentan con una interpretación, que les resulta obvia, según la cual, las trapacerías del PVEM no le alcanzan para abarcar las hipótesis contenidas en las disposiciones legales referidas, o bien, prevalece la tesis de que un partido que viola sistemáticamente las leyes electorales y miente sistemáticamente a los electores, sólo debe ser eliminado del registro partidista, por la decisión de quienes ejercen el sufragio.

Mi admirado amigo José Woldenberg sostiene la tesis de que quitar el registro al partido canalla sería aplicar una medicina peor que la enfermedad. Bien, entonces ¿con qué objeto se incluyeron las disposiciones referidas en las leyes electorales, si no precisamente para ser aplicadas? De acuerdo con Woldenberg, están ahí para casos extremos. Vale preguntar entonces, ¿la conducta electoral canalla del PVEM no es un caso extremo? ¿Cómo saberlo?; pues lo sabremos si las autoridades competentes lo discuten y nos dan los argumentos jurídicos, políticos, de su decisión. El PVEM no respeta la ley, pero por omisión, las autoridades electorales tampoco.

Poniendo aparte las voces informadas y confiables que piensan que las autoridades competentes deben actuar en el sentido de dejar a los electores la decisión, todo parece indicar que el PVEM es la punta del iceberg de un poderoso núcleo de poder que incluye en primer lugar al PRI, a las televisoras desde luego, y a un extendido cúmulo de poderes fácticos, todos pertenecientes a las élites económicas y políticas del país. Las encuestas muestran que el PRI por sí solo no podría gobernar el Congreso. Necesitan al abyecto. Y es el caso que lo que tendremos como gobierno será más de lo mismo. No sólo una política económica para las élites económicas y más ley de bronce para los salarios, sino más guerra, más impunidad, más corrupción, más incompetencia frente al crimen organizado.

La figura jurídica del obedézcase pero no se cumpla, propia, típica y endémica del derecho histórico castellano, y profusamente presente en el derecho aplicado a las colonias españolas, nació a fines del siglo XIV, y su uso se generalizó durante siglos: sigue vigente. La pedagogía política de que la violación de la ley es la norma efectiva, ha gozado de una permanencia inconmovible, y sus enseñanzas aprendidas por los mexicanos, cabalmente. ¿Quiénes y cómo esta práctica demencial llegará al basurero de la historia?