Hubo dilación para remitir al Ministerio Público a un detenido
Martes 17 de noviembre de 2015, p. 4
El titular de la Secretaría de Marina (Semar), almirante Vidal Francisco Soberón Sanz, reconoció que elementos de la Armada de México actuaron ‘‘en forma irregular’’ e incurrieron ‘‘en la indebida dilación en la puesta a disposición’’ ante el Ministerio Público (ocho horas después de su captura) de Óscar Augusto Valle Sánchez, ocurrida el 24 de septiembre de 2011 en Coatepec, Veracruz.
Lo anterior abre la puerta para que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ordene a la Secretaría de Marina el pago de la indemnización que exige la víctima, a quien incluso las fuerzas federales señalaban como ‘‘médico’’ al servicio de Los Zetas.
El documento, firmado por el almirante Soberón el 16 de agosto de 2014, sirvió de base para que el pasado 11 de noviembre el inspector y contralor de la Semar, almirante Joaquín Zetina Angulo, le informara al quejoso que sólo queda que la CNDH emita la recomendación correspondiente a dicha dependencia para que ésta pague la indemnización correspondiente.
Después de un largo proceso penal, en el que Valle Sánchez alegó que fue violado el debido proceso, fue liberado por un juez federal en 2013, al considerar que hubo inconsistencias entre el parte informativo que entregaron los marinos con los hechos, entre otras inconsistencias.
Desde el momento de su captura, el detenido denunció que el reporte de los marinos que lo capturaron era ilícito, porque afirmaba que lo habían aprehendido en una carretera a bordo de un vehículo, cuando en realidad había sido sacado por la fuerza por los elementos de la Armada, sin orden de aprehensión.
Al quedar libre, demandó a la Secretaría de Marina una indemnización de 20 millones de pesos por concepto de reparación del daño moral, por las secuelas físicas que le dejó la captura y ‘‘tortura’’ que sufrió a manos de los marinos durante ocho horas antes de entregarlo al Ministerio Público, así como secuelas físicas y morales por los salarios que dejó de percibir durante los dos años que estuvo en prisión, además de la interrupción de sus estudios de medicina, gastos de traslado de sus padres y abogados y pago de terapias y medicamentos.
En el oficio de respuesta a la demanda, Soberón argumenta que la violación a los derechos de la víctima fue solventada cuando los marinos lo entregaron al Ministerio Público –después de ocho horas–, además de que la acción legal ya prescribió, por lo que la indemnización es improcedente.