Vigilará los recursos que interponga la defensa para evitar su envío a EU
Aclara: nada impide ejecutar órdenes de aprehensión con fines de extradición
Domingo 10 de enero de 2016, p. 2
La Procuraduría General de la República (PGR) anunció ayer que estará atenta y promoverá todos los recursos necesarios en contra de los argumentos que promueva la defensa de Joaquín El Chapo Guzmán Loera para evitar ser extraditado a Estados Unidos.
La dependencia que dirige Arely Gómez González afirmó que los amparos tramitados por la defensa de Guzmán Loera no significan que las autoridades estén impedidas de ejecutar órdenes de aprehensión con fines de extradición, debido a que algunos recursos que presentó fueron sobreseídos, mientras que otros siguen en trámite. Ninguno de ellos impide la ejecución de estos mandamientos y mucho menos el inicio del procedimiento de extradición
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La PGR explicó que una vez que El Chapo Guzmán sea notificado de la existencia de estas peticiones y de las órdenes de detención con fines de extradición, la defensa del capo contará con un término de tres días para oponer excepciones y 20 días más para probarlas; este último término podrá ser extendido.
De acuerdo con la información dada a conocer, el 16 de junio y el 31 de agosto de 2015 el gobierno de Estados Unidos presentó ante la Secretaría de Relaciones Exteriores las peticiones formales de extradición de Guzmán Loera, con elpropósito de que sea juzgado en ese país por ilícitos contra la salud, asociación delictuosa para poseer e importar y distribuir cocaína, delincuencia organizada, lavado de dinero, homicidio y posesión de armas de fuego, entre otros.
Ante ello, el gobierno mexicano inició el análisis de estas solicitudes. El 25 de junio y el 3 de septiembre de 2015, la cancillería determinó que las peticiones formales reunían los requisitos del tratado de extradición bilateral, por lo que las transmitió a la PGR.
“Después del análisis correspondiente por la PGR, el 29 de julio de 2015 y 18 de septiembre de 2015, se promovió ante los jueces federales –tercero y octavo de distrito de procesos penales federales en el Distrito Federal–, quienes a su vez otorgaron las órdenes de detención con fines de extradición internacional en contra del reclamado, mismas que fueron transmitidas a las autoridades competentes para su cumplimiento”, señaló el Ministerio Público Federal.
La PGR indicó que “aportará elementos para combatir las excepciones del reclamado y mantendrá una estricta vigilancia en los procedimientos.
Una vez que los jueces de distrito emitan la opinión jurídica respectiva, los juzgados están obligados a transmitir los expedientes ante la cancillería a fin de que ésta, en un término de 20 días hábiles, emita los acuerdos correspondientes, en donde se determinará sobre la entrega en extradición del reclamado.
Sostuvo que en caso de que la Secretaría de Relaciones Exteriores emita un acuerdo concediendo su extradición, el reclamado tiene derecho a interponer un juicio de amparo en contra de dicha determinación, en sus dos instancias: tanto en un juzgado de distrito como ante el tribunal colegiado de circuito.
En caso de que se le niegue el amparo, se podrá materializar su entrega a Estados Unidos.